CAPÍTULO PRIMERO
“AMARÁS AL SEÑOR
TU DIOS CON TODO TU CORAZÓN,
CON TODA TU ALMA Y CON TODAS TUS FUERZAS”
PRIMER MANDAMIENTO:
YO SOY EL SEÑOR TU DIOS. AMARÁS A DIOS
SOBRE TODAS LAS COSAS
442. ¿Qué implica la afirmación de Dios: “Yo soy
el Señor tu Dios” (Ex 20, 20)?
(2083-2094;
2133-2134)
La afirmación: “Yo soy el Señor tu Dios” implica
para el fiel guardar y poner en práctica las tres virtudes teologales,
y evitar los pecados que se oponen a ellas. La fe cree en Dios
y rechaza todo lo que le es contrario, como, por ejemplo, la duda voluntaria,
la incredulidad, la herejía, la apostasía y el cisma. La esperanza
aguarda confiadamente la bienaventurada visión de Dios y su ayuda, evitando
la desesperación y la presunción. La caridad ama a Dios sobre
todas las cosas y rechaza la indiferencia, la ingratitud, la tibieza,
la pereza o indolencia espiritual y el odio a Dios, que nace del orgullo.
443. ¿Qué comporta la Palabra del Señor: “Adorarás
al Señor tu Dios y a Él sólo darás culto” (Mt 4, 10)? (2095-2105; 2135-2136)
Las palabras “adorarás al Señor tu Dios y a Él
sólo darás culto” suponen adorar a Dios como Señor de todo cuanto existe;
rendirle el culto debido individual y comunitariamente; rezarle con
expresiones de alabanza, de acción de gracias y de súplica; ofrecerle
sacrificios, sobre todo el espiritual de nuestra vida, unido al sacrificio
perfecto de Cristo; mantener las promesas y votos que se le hacen.
444. ¿Cómo ejerce el hombre su derecho a rendir
culto a Dios en verdad y en libertad? (2104-2109; 2137)
Todo hombre tiene el derecho y el deber moral de
buscar la verdad, especialmente en lo que se refiere a Dios y a la Iglesia,
y, una vez conocida, de abrazarla y guardarla fielmente, rindiendo a
Dios un culto auténtico. Al mismo tiempo, la dignidad de la persona
humana requiere que, en materia religiosa, nadie sea forzado a obrar
contra su conciencia, ni impedido a actuar de acuerdo con la propia
conciencia, tanto pública como privadamente, en forma individual o asociada,
dentro de los justos límites del orden público.
445. ¿Qué es lo que Dios prohíbe cuando manda:
“No tendrás otro Dios fuera de mí” (Ex 20, 2)? (2010-2128; 2138-2140)
Con el mandamiento “No tendrás otro Dios fuera
de mí” se prohíbe:
el politeísmo y la idolatría, que
diviniza a una criatura, el poder, el dinero, incluso al demonio;
la superstición, que es una desviación del
culto debido al Dios verdadero, y que se expresa también bajo las formas
de adivinación, magia, brujería y espiritismo;
la irreligión, que se manifiesta en tentar
a Dios con palabras o hechos; en el sacrilegio, que profana a las personas
y las cosas sagradas, sobre todo la Eucaristía; en la simonía, que intenta
comprar o vender realidades espirituales;
el ateísmo, que rechaza la existencia de
Dios, apoyándose frecuentemente en una falsa concepción de la autonomía
humana;
el agnosticismo, según el cual, nada se
puede saber sobre Dios, y que abarca el indiferentismo y el ateísmo
práctico.
446. El mandato de Dios: “No te harás escultura
alguna...” (Ex 20, 3), ¿prohíbe el culto a las imágenes? (2129-2132; 2141)
En el Antiguo Testamento, el mandato “no te harás
escultura alguna” prohibía representar a Dios, absolutamente trascendente.
A partir de la encarnación del Verbo, el culto cristiano a las sagradas
imágenes está justificado (como afirma el II Concilio de Nicea del año
787), porque se fundamenta en el Misterio del Hijo de Dios hecho hombre,
en el cual, el Dios trascendente se hace visible. No se trata de una
adoración de la imagen, sino de una veneración de quien en ella se representa:
Cristo, la Virgen, los ángeles y los santos.
SEGUNDO MANDAMIENTO:
NO TOMARÁS EL NOMBRE DE DIOS EN VANO
447.
¿Cómo se respeta la santidad del Nombre de Dios? (2142-2149; 2160-2162)
Se respeta la santidad del Nombre de Dios invocándolo,
bendiciéndole, alabándole y glorificándole. Ha de evitarse, por tanto,
el abuso de apelar al Nombre de Dios para justificar un crimen, y todo
uso inconveniente de su Nombre, como la blasfemia, que por su
misma naturaleza es un pecado grave; la imprecación y la infidelidad
a las promesas hechas en nombre de Dios.
448. ¿Por qué está prohibido jurar en falso? (2150-2151; 2163-2164)
Está prohibido jurar en falso, porque ello supone
invocar en una causa a Dios, que es la verdad misma, como testigo de
una mentira.
“No jurar ni por Criador, ni por criatura, si no
fuere con verdad, necesidad y reverencia” (San Ignacio de Loyola).
449. ¿Qué es el perjurio? (2152-2155)
El perjurio es hacer, bajo juramento, una promesa
con intención de no cumplirla, o bien violar la promesa hecha bajo juramento.
Es un pecado grave contra Dios, que siempre es fiel a sus promesas.
TERCER MANDAMIENTO:
SANTIFICARÁS LAS FIESTAS
450. ¿Por qué Dios “ha bendecido el día del sábado
y lo ha declarado sagrado” (Ex 20,11)? (2168-2172; 2189)
Dios ha bendecido el sábado y lo ha declarado sagrado,
porque en este día se hace memoria del descanso de Dios el séptimo
día de la creación, así como de la liberación de Israel de la esclavitud
de Egipto y de la Alianza que Dios hizo con su pueblo.
451. ¿Cómo se comporta Jesús en relación con el
sábado? (2173)
Jesús reconoce la santidad del sábado, y con su
autoridad divina le da la interpretación auténtica: “El sábado ha sido
instituido para el hombre y no el hombre para el sábado” (Mc
2, 27).
452. ¿Por qué motivo, para los cristianos, el sábado
ha sido sustituido por el domingo? (2174-2176; 2190-2191)
Para los cristianos, el sábado ha sido sustituido
por el domingo, porque éste es el día de la Resurrección de Cristo.
Como “primer día de la semana” (Mc 16, 2), recuerda la primera
Creación; como “octavo día”, que sigue al sábado, significa la nueva
Creación inaugurada con la Resurrección de Cristo. Es considerado, así,
por los cristianos como el primero de todos los días y de todas las
fiestas: el día del Señor, en el que Jesús, con su Pascua, lleva
a cumplimiento la verdad espiritual del sábado judío y anuncia el descanso
eterno del hombre en Dios.
453. ¿Cómo se santifica el domingo? (2177-2185; 2192-2193)
Los cristianos santifican el domingo y las demás
fiestas de precepto participando en la Eucaristía del Señor y absteniéndose
de las actividades que les impidan rendir culto a Dios, o perturben
la alegría propia del día del Señor o el descanso necesario del alma
y del cuerpo. Se permiten las actividades relacionadas con las necesidades
familiares o los servicios de gran utilidad social, siempre que no introduzcan
hábitos perjudiciales a la santificación del domingo, a la vida de familia
y a la salud.
454. ¿Por qué es importante reconocer civilmente
el domingo como día festivo? (2186-2188;
2194-2195)
Es importante que el domingo sea reconocido civilmente
como día festivo, a fin de que todos tengan la posibilidad real de disfrutar
del suficiente descanso y del tiempo libre que les permitan cuidar la
vida religiosa, familiar, cultural y social; de disponer de tiempo propicio
para la meditación, la reflexión, el silencio y el estudio, y de dedicarse
a hacer el bien, en particular en favor de los enfermos y de los ancianos.
CAPÍTULO SEGUNDO
“AMARÁS
A TU PRÓJIMO COMO A TI MISMO”
CUARTO MANDAMIENTO:
HONRARÁS A TU PADRE Y A TU MADRE
455.
¿Qué manda el cuarto mandamiento? (2196-2200;
2247-2248)
El cuarto mandamiento ordena honrar y respetar
a nuestros padres, y a todos aquellos a quienes Dios ha investido de
autoridad para nuestro bien.
456. ¿Cuál es la naturaleza de la familia en el
plan de Dios? (2201-2205;
2249)
En el plan de Dios, un hombre y una mujer, unidos
en matrimonio, forman, por sí mismos y con sus hijos, una familia. Dios
ha instituido la familia y le ha dotado de su constitución fundamental.
El matrimonio y la familia están ordenados al bien de los esposos y
a la procreación y educación de los hijos. Entre los miembros de una
misma familia se establecen relaciones personales y responsabilidades
primarias. En Cristo la familia se convierte en Iglesia doméstica,
porque es una comunidad de fe, de esperanza y de amor.
457. ¿Qué lugar ocupa la familia en la sociedad?
(2207-2208)
La familia es la célula original de la sociedad
humana, y precede a cualquier reconocimiento por parte de la autoridad
pública. Los principios y valores familiares constituyen el fundamento
de la vida social. La vida de familia es una iniciación a la vida de
la sociedad.
458. ¿Qué deberes tiene la sociedad en relación
con la familia? (2209-2213;
2250)
La sociedad tiene el deber de sostener y consolidar
el matrimonio y la familia, siempre en el respeto del principio de subsidiaridad.
Los poderes públicos deben respetar, proteger y favorecer la verdadera
naturaleza del matrimonio y de la familia, la moral pública, los derechos
de los padres, y el bienestar doméstico.
459. ¿Cuáles son los deberes de los hijos hacia
sus padres? (2214-2220;
2251)
Los hijos deben a sus padres respeto (piedad filial),
reconocimiento, docilidad y obediencia, contribuyendo así, junto a las
buenas relaciones entre hermanos y hermanas, al crecimiento de la armonía
y de la santidad de toda la vida familiar. En caso de que los padres
se encuentren en situación de pobreza, de enfermedad, de soledad o de
ancianidad, los hijos adultos deben prestarles ayuda moral y material.
460. ¿Cuáles son los deberes de los padres hacia
los hijos? (2221-2231)
Los padres, partícipes de la paternidad divina,
son los primeros responsables de la educación de sus hijos y los primeros
anunciadores de la fe. Tienen el deber de amar y de respetar a sus hijos
como personas y como hijos de Dios, y proveer, en cuanto
sea posible, a sus necesidades materiales y espirituales, eligiendo
para ellos una escuela adecuada, y ayudándoles con prudentes consejos
en la elección de la profesión y del estado de vida. En especial, tienen
la misión de educarlos en la fe cristiana.
461. ¿Cómo educan los padres a sus hijos en la
fe cristiana? (2252-2253)
Los padres educan a sus hijos en la fe cristiana
principalmente con el ejemplo, la oración, la catequesis familiar y
la participación en la vida de la Iglesia.
462.
¿Son un bien absoluto los vínculos familiares? (2232-2233)
Los vínculos familiares, aunque sean importantes,
no son absolutos, porque la primera vocación del cristiano es seguir
a Jesús, amándolo: “El que ama su padre o a su madre más que a mí no
es digno de mí” (Mt 10, 37). Los padres deben favorecer gozosamente
el seguimiento de Jesús por parte de sus hijos en todo estado de vida,
también en la vida consagrada y en el ministerio sacerdotal.
463. ¿Cómo se ejerce la autoridad en los distintos
ámbitos de la sociedad civil? (2234-2237; 2254)
En los distintos ámbitos de la sociedad civil,
la autoridad se ejerce siempre como un servicio, respetando los derechos
fundamentales del hombre, una justa jerarquía de valores, las leyes,
la justicia distributiva y el principio de subsidiaridad. Cada cual,
en el ejercicio de la autoridad, debe buscar el interés de la comunidad
antes que el propio, y debe inspirar sus decisiones en la verdad sobre
Dios, sobre el hombre y sobre el mundo.
464. ¿Cuáles son los deberes de los ciudadanos
respecto a las autoridades civiles? (2238-2241; 2255)
Quienes están sometidos a las autoridades deben
considerarlas como representantes de Dios, ofreciéndoles una colaboración
leal para el buen funcionamiento de la vida pública y social. Esto exige
el amor y servicio de la patria, el derecho y el deber del voto, el
pago de los impuestos, la defensa del país y el derecho a una crítica
constructiva.
465. ¿Cuándo el ciudadano no debe obedecer a las
autoridades civiles? (2238-2241;
2255)
El ciudadano no debe en conciencia obedecer cuando
las prescripciones de la autoridad civil se opongan a las exigencias
del orden moral: “Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres” (Hch
5, 29).
QUINTO MANDAMIENTO:
NO MATARÁS
466.
¿Por qué ha de ser respetada la vida humana? (2242-2262;
2318-2320)
La vida humana ha de ser respetada porque es sagrada.
Desde el comienzo supone la acción creadora de Dios y permanece para
siempre en una relación especial con el Creador, su único fin. A nadie
le es lícito destruir directamente a un ser humano inocente, porque
es gravemente contrario a la dignidad de la persona y a la santidad
del Creador. “No quites la vida del inocente y justo” (Ex 23,
7).
467. ¿Por qué la legítima defensa de la persona
y de la sociedad no va contra esta norma? (2263-2265)
Con la legítima defensa se toma la opción de defenderse
y se valora el derecho a la vida, propia o del otro, pero no la opción
de matar. La legítima defensa, para quien tiene la responsabilidad de
la vida de otro, puede también ser un grave deber. Y no debe suponer
un uso de la violencia mayor que el necesario.
468. ¿Para qué sirve una pena? (2266)
Una pena impuesta por la autoridad pública, tiene
como objetivo reparar el desorden introducido por la culpa, defender
el orden público y la seguridad de las personas y contribuir a la corrección
del culpable.
469. ¿Qué pena se puede imponer? (2267)
La pena impuesta debe ser proporcionada a la gravedad
del delito. Hoy, como consecuencia de las posibilidades que tiene el
Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquél
que lo ha cometido, los casos de absoluta necesidad de pena de muerte
“suceden muy rara vez, si es que ya en realidad se dan algunos” (Juan
Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitae).
Cuando los medios incruentos son suficientes, la autoridad debe limitarse
a estos medios, porque corresponden mejor a las condiciones concretas
del bien común, son más conformes a la dignidad de la persona y no privan
definitivamente al culpable de la posibilidad de rehabilitarse.
470.
¿Qué prohíbe el quinto mandamiento? (2268-2283; 2321-2326)
El quinto mandamiento prohíbe, como gravemente
contrarios a la ley moral:
1)
El homicidio directo y voluntario
y la cooperación al mismo.
2)
El aborto directo, querido
como fin o como medio, así como la cooperación al mismo, bajo pena de
excomunión, porque el ser humano, desde el instante de su concepción,
ha de ser respetado y protegido de modo absoluto en su integridad.
3)
La eutanasia directa, que
consiste en poner término, con una acción o una omisión de lo necesario,
a la vida de las personas discapacitadas, gravemente enfermas o próximas
a la muerte.
4)
El suicidio y la cooperación
voluntaria al mismo, en cuanto es una ofensa grave al justo amor de
Dios, de sí mismo y del prójimo; por lo que se refiere a la responsabilidad,
ésta puede quedar agravada en razón del escándalo o atenuada por particulares
trastornos psíquicos o graves temores.
471. ¿Qué tratamientos médicos se permiten cuando
la muerte se considera inminente? (2278-2279)
Los cuidados que se deben de ordinario a una persona
enferma no pueden ser legítimamente interrumpidos; son legítimos, sin
embargo, el uso de analgésicos, no destinados a causar la muerte, y
la renuncia al “encarnizamiento terapéutico”, esto es, a la utilización
de tratamientos médicos desproporcionados y sin esperanza razonable
de resultado positivo.
472. ¿Por qué la sociedad debe proteger a todo
embrión? (2274)
La sociedad debe proteger a todo embrión, porque
el derecho inalienable a la vida de todo individuo humano desde su concepción
es un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación.
Cuando el Estado no pone su fuerza al servicio de los derechos de todos,
y en particular de los más débiles, entre los que se encuentran los
concebidos y aún no nacidos, quedan amenazados los fundamentos mismos
de un Estado de derecho.
473. ¿Cómo se evita el escándalo? (2284-2287)
El escándalo, que consiste en inducir a otro a
obrar el mal, se evita respetando el alma y el cuerpo de la persona.
Pero si se induce deliberadamente a otros a pecar gravemente, se comete
una culpa grave.
474. ¿Qué deberes tenemos hacia nuestro cuerpo? (2288-2291)
Debemos tener un razonable cuidado de la salud
física, la propia y la de los demás, evitando siempre el culto
al cuerpo y toda suerte de excesos. Ha de evitarse, además, el uso
de estupefacientes, que causan gravísimos daños a la salud y a la vida
humana, y también el abuso de los alimentos, del alcohol, del tabaco
y de los medicamentos.
475. ¿Cuándo son moralmente legítimas las experimentaciones
científicas, médicas o psicológicas sobre las personas o sobre grupos
humanos? (2292-2295)
Las experimentaciones científicas, médicas o psicológicas
sobre las personas o sobre grupos humanos son moralmente legítimas si
están al servicio del bien integral de la persona y de la sociedad,
sin riesgos desproporcionados para la vida y la integridad física y
psíquica de los sujetos, oportunamente informados y contando con su
consentimiento.
476. ¿Se permiten el trasplante y la donación de
órganos antes y después de la muerte? (2296)
El trasplante de órganos es moralmente aceptable
con el consentimiento del donante y sin riesgos excesivos para él. Para
el noble acto de la donación de órganos después de la muerte, hay que
contar con la plena certeza de la muerte real del donante.
477. ¿Qué prácticas son contrarias al respeto a
la integridad corporal de la persona humana? (2297-2298)
Prácticas contrarias al respeto a la integridad
corporal de la persona humana son las siguientes: los secuestros de
personas y la toma de rehenes, el terrorismo, la tortura, la violencia
y la esterilización directa. Las amputaciones y mutilaciones de una
persona están moralmente permitidas sólo por los indispensables fines
terapéuticos de las mismas.
478.
¿Qué cuidados deben procurarse a los moribundos? (2299)
Los moribundos tienen derecho a vivir con dignidad
los últimos momentos de su vida terrena, sobre todo con la ayuda de
la oración y de los sacramentos, que preparan al encuentro con el Dios
vivo.
479. ¿Cómo deben ser tratados los cuerpos de los
difuntos? (2300-2301)
Los cuerpos de los difuntos deben ser tratados
con respeto y caridad. La cremación de los mismos está permitida, si
se hace sin poner en cuestión la fe en la Resurrección de los cuerpos.
480. ¿Qué exige el Señor a toda persona para la defensa de la paz?
(2302-2303)
El Señor que proclama “bienaventurados los
que construyen la paz” (Mt 5, 9), exige la paz del corazón y
denuncia la inmoralidad de la ira, que es el deseo de venganza por el
mal recibido, y del odio, que lleva a desear el mal al prójimo. Estos
comportamientos, si son voluntarios y consentidos en cosas de gran importancia,
son pecados graves contra la caridad.
481. ¿En qué consiste la paz en el mundo? (2304-2305)
La paz en el mundo, que es la búsqueda del respeto
y del desarrollo de la vida humana, no es simplemente ausencia de guerra
o equilibrio de fuerzas contrarias, sino que es “la tranquilidad del
orden” (San Agustín), “fruto de la justicia” (Is 32, 17) y efecto
de la caridad. La paz en la tierra es imagen y fruto de la paz de Cristo.
482. ¿Qué se requiere para la paz en el mundo?
(2304; 2307-2308)
Para la paz en el mundo se requiere la justa distribución
y la tutela de los bienes de las personas, la libre comunicación entre
los seres humanos, el respeto a la dignidad de las personas humanas
y de los pueblos, y la constante práctica de la justicia y de la fraternidad.
483. ¿Cuándo está moralmente permitido el uso de
la fuerza militar? (2307-2310)
El uso de la fuerza militar está moralmente justificado
cuando se dan simultáneamente las siguientes condiciones: certeza de
que el daño causado por el agresor es duradero y grave; la ineficacia
de toda alternativa pacífica; fundadas posibilidades de éxito en la
acción defensiva y ausencia de males aún peores, dado el poder de los
medios modernos de destrucción.
484. En caso de amenaza de guerra, ¿a quién corresponde
determinar si se dan las anteriores condiciones? (2309)
Determinar si se dan las condiciones para un uso
moral de la fuerza militar compete al prudente juicio de los gobernantes,
a quienes corresponde también el derecho de imponer a los ciudadanos
la obligación de la defensa nacional, dejando a salvo el derecho personal
a la objeción de conciencia y a servir de otra forma a la comunidad
humana.
485. ¿Qué exige la ley moral en caso de guerra? (2312-2314; 2328)
La ley moral permanece siempre válida, aún en caso
de guerra. Exige que sean tratados con humanidad los no combatientes,
los soldados heridos y los prisioneros. Las acciones deliberadamente
contrarias al derecho de gentes, como también las disposiciones que
las ordenan, son crímenes que la obediencia ciega no basta para excusar.
Se deben condenar las destrucciones masivas así como el exterminio de
un pueblo o de una minoría étnica, que son pecados gravísimos; y hay
obligación moral de oponerse a la voluntad de quienes los ordenan.
486. ¿Qué es necesario hacer para evitar la guerra?
(2315-2317; 2327-2330)
Se debe hacer todo lo razonablemente posible para
evitar a toda costa la guerra, teniendo en cuenta los males e injusticias
que ella misma provoca. En particular, es necesario evitar la acumulación
y el comercio de armas no debidamente reglamentadas por los poderes
legítimos; las injusticias, sobre todo económicas y sociales; las discriminaciones
étnicas o religiosas; la envidia, la desconfianza, el orgullo y el espíritu
de venganza. Cuanto se haga por eliminar estos u otros desórdenes ayuda
a construir la paz y a evitar la guerra.