SEGUNDA
PARTE
la doctrina social tiene de por sí el valor
de un instrumento de evangelización: en cuanto tal,
anuncia a Dios y su misterio de salvación en Cristo
a todo hombre y, por la misma razón, revela al hombre a sí
mismo.
Solamente bajo esta perspectiva se ocupa de lo demás:
de los derechos humanos de cada uno y, en particular,
del proletariado, la familia y la educación,
los deberes del Estado, el ordenamiento de la sociedad nacional
e internacional, la vida económica, la cultura, la guerra y
la paz,
así como del respeto a la vida desde el momento
de la concepción hasta la muerte.
(Centesimus
annus, 54)
LA
FAMILIA
CÉLULA
VITAL DE LA SOCIEDAD
I.
LA FAMILIA, PRIMERA SOCIEDAD NATURAL
209
La importancia y la centralidad de la familia, en orden a la persona
y a la sociedad, está repetidamente subrayada en la Sagrada
Escritura: No está bien que el hombre esté solo
(Gn 2, 18). A partir de los textos que narran la creación del
hombre (Cf. Gn 1, 26-28; 2, 7-24) se nota cómo según
el designio de Dios la pareja constituye la expresión
primera de la comunión de personas humanas.458
Eva es creada semejante a Adán, como aquella que, en su alteridad,
lo completa (Cf. Gn 2, 18) para formar con él una sola
carne (cf. 2, 24; cf. Mt 19, 5-6).459
Al mismo tiempo, ambos tienen una misión procreadora que los
hace colaboradores del Creador: Sed fecundos y multiplicaos,
henchid la tierra (Gn 1, 28). La familia es considerada, en
el designio del Creador, como el lugar primario de la humanización
de la persona y de la sociedad y cuna de la vida y del
amor.460
210
En la familia se aprende a conocer el amor y la fidelidad del Señor,
así como la necesidad de corresponderle (Cf. Ex 12, 25-27;
13, 8.14-15; Dt 6, 20-25; 13, 7-11; 1 S 3, 13); los hijos aprenden
las primeras y más decisivas lecciones de la sabiduría
práctica a las que van unidas las virtudes (Cf. Pr 1, 8-9;
4, 1-4; 6, 20-21; Si 3, 1-16; 7, 27-28). Por todo ello, el Señor
se hace garante del amor y de la fidelidad conyugales (Cf. Mt 2, 14-15).
Jesús
nació y vivió en una familia concreta aceptando todas
sus características propias461
y dio una excelsa dignidad a la institución matrimonial, constituyéndola
como sacramento de la nueva alianza (Cf. Mt 19, 3-9). En esta perspectiva,
la pareja encuentra su plena dignidad y la familia su solidez.
211
Iluminada por la luz del mensaje bíblico, la Iglesia considera
la familia como la primera sociedad natural, titular de derechos propios
y originarios, y la sitúa en el centro de la vida social: relegar
la familia a un papel subalterno y secundario, excluyéndola
del lugar que le compete en la sociedad, significa causar un grave
daño al auténtico crecimiento de todo el cuerpo social.462
La familia, ciertamente, nacida de la íntima comunión
de vida y de amor conyugal fundada sobre el matrimonio entre un hombre
y una mujer,463
posee una específica y original dimensión social en
cuanto lugar primario de relaciones interpersonales, célula
primera y vital de la sociedad:464
es una institución divina, fundamento de la vida de las personas
y prototipo de toda organización social.
a)
La importancia de la familia para la persona
212
La familia es importante y central en relación a la persona.
En esta cuna de la vida y del amor, el hombre nace y crece. Cuando
nace un niño, la sociedad recibe el regalo de una nueva persona,
que está llamada, desde lo más íntimo de
sí a la comunión con los demás y a la entrega
a los demás.465
En la familia, por tanto, la entrega recíproca del hombre y
de la mujer unidos en matrimonio, crea un ambiente de vida en el cual
el niño puede desarrollar sus potencialidades, hacerse
consciente de su dignidad y prepararse a afrontar su destino único
e irrepetible.466
En
el clima de afecto natural que une a los miembros de una comunidad
familiar, las personas son reconocidas y responsabilizadas en su integridad:
La primera estructura fundamental a favor de la ecología
humana es la familia, en cuyo seno de hombre recibe las primeras
nociones sobre la verdad y el bien; aprende qué quiere decir
amar y ser amado y, por consiguiente, qué quiere decir en concreto
ser una persona.467
Las obligaciones de sus miembros no están limitadas por los
términos de un contrato, sino que derivan de la esencia misma
de la familia, fundada sobre un pacto conyugal irrevocable y estructurada
por las relaciones que derivan de la generación o adopción
de los hijos.
b)
La importancia de la familia para la sociedad
213
La familia, comunidad natural en donde se experimenta la sociabilidad
humana, contribuye en modo único e insustituible al bien de
la sociedad. La comunidad familiar nace de la comunión de las
personas: La comunión se refiere a la relación
personal entre el yo y el tú. La comunidad,
en cambio, supera este esquema apuntando hacia una sociedad,
un nosotros. La familia, comunidad de personas, es por
consiguiente la primera sociedad humana.468
Una
sociedad a medida de la familia es la mejor garantía contra
toda tendencia de tipo individualista o colectivista, porque en ella
la persona es siempre el centro de la atención en cuanto fin
y nunca como medio. Es evidente que el bien de las personas y el buen
funcionamiento de la sociedad están estrechamente relacionados
con la prosperidad de la comunidad conyugal y familiar.469
Sin familias fuertes en la comunión y estables en el compromiso,
los pueblos se debilitan. En la familia se inculcan desde los primeros
años de vida los valores morales, se transmite el patrimonio
espiritual de la comunidad religiosa y el patrimonio cultural de la
Nación. En ella se aprenden las responsabilidades sociales
y la solidaridad.470
214
Ha de afirmarse la prioridad de la familia respecto a la sociedad
y al Estado. La familia, al menos en su función procreativa,
es la condición misma de la existencia de aquéllos.
En las demás funciones en pro de cada uno de sus miembros,
la familia precede, por su importancia y valor, a las funciones que
la sociedad y el Estado deben desempeñar.471
La familia, sujeto titular de derechos inviolables, encuentra su legitimación
en la naturaleza humana y no en el reconocimiento del Estado. La familia
no está, por lo tanto, en función de la sociedad y del
Estado, sino que la sociedad y el Estado están en función
de la familia.
Todo
modelo social que busque el bien del hombre no puede prescindir de
la centralidad y de la responsabilidad social de la familia. La sociedad
y el Estado, en sus relaciones con la familia, tienen la obligación
de atenerse al principio de subsidiaridad. En virtud de este principio,
las autoridades públicas no deben sustraer a la familia las
tareas que puede desempeñar sola o libremente asociada con
otras familias; por otra parte, las mismas autoridades tienen el deber
de auxiliar a la familia, asegurándole las ayudas que necesita
para asumir de forma adecuada todas sus responsabilidades.472
II.
EL MATRIMONIO, FUNDAMENTO DE LA FAMILIA
a)
El valor del matrimonio
215
La familia tiene su fundamento en la libre voluntad de los cónyuges
de unirse en matrimonio, respetando el significado y los valores propios
de esta institución, que no depende del hombre, sino de Dios
mismo: Este vínculo sagrado, en atención al bien,
tanto de los esposos y de la prole como de la sociedad, no depende
de la decisión humana. Pues es el mismo Dios el autor del matrimonio,
al cual ha dotado con bienes y fines varios.473
La institución matrimonial fundada por el Creador
y en posesión de sus propias leyes, la íntima comunidad
conyugal de vida y amor474
no es una creación debida a convenciones humanas o imposiciones
legislativas, sino que debe su estabilidad al ordenamiento divino.475
Nace, también para la sociedad, del acto humano por el
cual los esposos se dan y se reciben mutuamente476
y se funda sobre la misma naturaleza del amor conyugal que, en cuanto
don total y exclusivo, de persona a persona, comporta un compromiso
definitivo expresado con el consentimiento recíproco, irrevocable
y público.477
Este compromiso pide que las relaciones entre los miembros de la familia
estén marcadas también por el sentido de la justicia
y el respeto de los recíprocos derechos y deberes.
216
Ningún poder puede abolir el derecho natural al matrimonio
ni modificar sus características ni su finalidad. El matrimonio
tiene características propias, originarias y permanentes. A
pesar de los numerosos cambios que han tenido lugar a lo largo de
los siglos en las diferentes culturas, estructuras sociales y actitudes
espirituales, en todas las culturas existe un cierto sentido de la
dignidad de la unión matrimonial, aunque no siempre se trasluzca
con la misma claridad.478
Esta dignidad ha de ser respetada en sus características específicas,
que exigen ser salvaguardadas frente a cualquier intento de alteración
de su naturaleza. La sociedad no puede disponer del vínculo
matrimonial, con el cual los dos esposos se prometen fidelidad, asistencia
recíproca y apertura a los hijos, aunque ciertamente le compete
regular sus efectos civiles.
217
El matrimonio tiene como rasgos característicos: la totalidad,
en razón de la cual los cónyuges se entregan recíprocamente
en todos los aspectos de la persona, físicos y espirituales;
la unidad que los hace una sola carne (Gn 2, 24); la indisolubilidad
y la fidelidad que exige la donación recíproca y definitiva;
la fecundidad a la que naturalmente está abierto.479
El sabio designio de Dios sobre el matrimonio designio accesible
a la razón humana, no obstante las dificultades debidas a la
dureza del corazón (cf. Mt 19, 8; Mc 10, 5) no puede
ser juzgado exclusivamente a la luz de los comportamientos de hecho
y de las situaciones concretas que se alejan de él. La poligamia
es una negación radical del designio original de Dios, porque
es contraria a la igual dignidad personal del hombre y de la mujer,
que en el matrimonio se dan con un amor total y por lo mismo único
y exclusivo.480
218
El matrimonio, en su verdad objetiva, está ordenado
a la procreación y educación de los hijos.481
La unión matrimonial, en efecto, permite vivir en plenitud
el don sincero de sí mismo, cuyo fruto son los hijos, que,
a su vez, son un don para los padres, para la entera familia y para
toda la sociedad.482
El matrimonio, sin embargo, no ha sido instituido únicamente
en orden a la procreación:483
su carácter indisoluble y su valor de comunión permanecen
incluso cuando los hijos, aun siendo vivamente deseados, no lleguen
a coronar la vida conyugal. Los esposos, en este caso, pueden
manifestar su generosidad adoptando niños abandonados o realizando
servicios abnegados en beneficio del prójimo.484
b)
El sacramento del matrimonio
219
Los bautizados, por institución de Cristo, viven la realidad
humana y original del matrimonio, en la forma sobrenatural del sacramento,
signo e instrumento de Gracia. La historia de la salvación
está atravesada por el tema de la alianza esponsal, expresión
significativa de la comunión de amor entre Dios y los hombres
y clave simbólica para comprender las etapas de la alianza
entre Dios y su pueblo.485
El centro de la revelación del proyecto de amor divino es el
don que Dios hace a la humanidad de su Hijo Jesucristo, el Esposo
que ama y se da como Salvador de la humanidad, uniéndola a
sí como su cuerpo. Él revela la verdad original del
matrimonio, la verdad del principio (Cf. Gn 2, 24; Mt
19, 5) y, liberando al hombre de la dureza del corazón, lo
hace capaz de realizarla plenamente.486
Del amor esponsal de Cristo por la Iglesia, cuya plenitud se manifiesta
en la entrega consumada en la Cruz, brota la sacramentalidad del matrimonio,
cuya Gracia conforma el amor de los esposos con el Amor de Cristo
por la Iglesia. El matrimonio, en cuanto sacramento, es una alianza
de un hombre y una mujer en el amor.487
220
El sacramento del matrimonio asume la realidad humana del amor conyugal
con todas las implicaciones y capacita y compromete a los esposos
y a los padres cristianos a vivir su vocación de laicos, y,
por consiguiente, a buscar el Reino de Dios gestionando los
asuntos temporales y ordenándolos según Dios.488
Íntimamente unida a la Iglesia por el vínculo sacramental
que la hace Iglesia doméstica o pequeña Iglesia, la
familia cristiana está llamada a ser signo de unidad
para el mundo y a ejercer de ese modo su función profética,
dando testimonio del Reino y de la paz de Cristo, hacia el cual el
mundo entero está en camino.489
La
caridad conyugal, que brota de la caridad misma de Cristo, ofrecida
por medio del Sacramento, hace a los cónyuges cristianos testigos
de una sociabilidad nueva, inspirada por el Evangelio y por el Misterio
pascual. La dimensión natural de su amor es constantemente
purificada, consolidada y elevada por la gracia sacramental. De esta
manera, los cónyuges cristianos, además de ayudarse
recíprocamente en el camino de la santificación, son
en el mundo signo e instrumento de la caridad de Cristo. Con su misma
vida, están llamados a ser testigos y anunciadores del sentido
religioso del matrimonio, que la sociedad actual reconoce cada vez
con mayor dificultad, especialmente cuando acepta visiones relativistas
del mismo fundamento natural de la institución matrimonial.
III.
LA SUBJETIVIDAD SOCIAL DE LA FAMILIA
a)
El amor y la formación de la comunidad de personas
221
La familia se presenta como espacio de comunión tan necesaria
en una sociedad cada vez más individualista, que debe
desarrollarse como una auténtica comunidad de personas490
gracias al incesante dinamismo del amor, dimensión fundamental
de la experiencia humana, cuyo lugar privilegiado para manifestarse
es precisamente la familia: El amor hace que el hombre se realice
mediante la entrega sincera de sí mismo. Amar significa dar
y recibir lo que no se puede comprar ni vender, sino sólo regalar
libre y recíprocamente.491
Gracias
al amor, realidad esencial para definir el matrimonio y la familia,
cada persona, hombre y mujer, es reconocida, aceptada y respetada
en su dignidad. Del amor nacen relaciones vividas como entrega gratuita,
que respetando y favoreciendo en todos y cada uno la dignidad
personal como único título de valor, se hace acogida
cordial, encuentro y diálogo, disponibilidad desinteresada,
servicio generoso y solidaridad profunda.492
La existencia de familias que viven con este espíritu pone
al descubierto las carencias y contradicciones de una sociedad que
tiende a privilegiar relaciones basadas principalmente, cuando no
exclusivamente, en criterios de eficiencia y funcionalidad. La familia
que vive construyendo cada día una red de relaciones interpersonales,
internas y externas, se convierte en la primera e insustituible
escuela de socialidad, ejemplo y estímulo para las relaciones
comunitarias más amplias en un clima de respeto, justicia,
diálogo y amor.493
222
El amor se expresa también mediante la atención esmerada
de los ancianos que viven en la familia: su presencia supone un gran
valor. Son un ejemplo de vinculación entre generaciones, un
recurso para el bienestar de la familia y de toda la sociedad: No
sólo pueden dar testimonio de que hay aspectos de la vida,
como los valores humanos y culturales, morales y sociales, que no
se miden en términos económicos o funcionales, sino
ofrecer también una aportación eficaz en el ámbito
laboral y en el de la responsabilidad. Se trata, en fin, no sólo
de hacer algo por los ancianos, sino de aceptar también a estas
personas como colaboradores responsables, con modalidades que lo hagan
realmente posible, como agentes de proyectos compartidos, bien en
fase de programación, de diálogo o de actuación.494
Como dice la Sagrada Escritura, las personas todavía
en la vejez tienen fruto (Sal 92, 15). Los ancianos constituyen
una importante escuela de vida, capaz de transmitir valores y tradiciones
y de favorecer el crecimiento de los más jóvenes: estos
aprenden así a buscar no sólo el propio bien, sino también
el de los demás. Si los ancianos se hallan en una situación
de sufrimiento y dependencia, no sólo necesitan cuidados médicos
y asistencia adecuada, sino, sobre todo, ser tratados con amor.
223
El ser humano ha sido creado para amar y no puede vivir sin amor.
El amor, cuando se manifiesta en el don total de dos personas en su
complementariedad, no puede limitarse a emociones o sentimientos,
y mucho menos a la mera expresión sexual. Una sociedad que
tiende a relativizar y a banalizar cada vez más la experiencia
del amor y de la sexualidad, exalta los aspectos efímeros de
la vida y oscurece los valores fundamentales. Se hace más urgente
que nunca anunciar y testimoniar que la verdad del amor y de la sexualidad
conyugal se encuentra allí donde se realiza la entrega plena
y total de las personas con las características de la unidad
y de la fidelidad.495
Esta verdad, fuente de alegría, esperanza y vida, resulta impenetrable
e inalcanzable mientras se permanezca encerrados en el relativismo
y en el escepticismo.
224
En relación a las teorías que consideran la identidad
de género como un mero producto cultural y social derivado
de la interacción entre la comunidad y el individuo, con independencia
de la identidad sexual personal y del verdadero significado de la
sexualidad, la Iglesia no se cansará de ofrecer la propia enseñanza:
Corresponde a cada uno, hombre y mujer, reconocer y aceptar
su identidad sexual. La diferencia y la complementariedad físicas,
morales y espirituales, están orientadas a los bienes del matrimonio
y al desarrollo de la vida familiar. La armonía de la pareja
humana y de la sociedad depende en parte de la manera en que son vividas
entre los sexos la complementariedad, la necesidad y el apoyo mutuos.496
Esta perspectiva lleva a considerar necesaria la adecuación
del derecho positivo a la ley natural, según la cual la identidad
sexual es indiscutible, porque es la condición objetiva para
formar una pareja en el matrimonio.
225
La naturaleza del amor conyugal exige la estabilidad de la relación
matrimonial y su indisolubilidad. La falta de estos requisitos perjudica
la relación de amor exclusiva y total, propia del vínculo
matrimonial, trayendo consigo graves sufrimientos para los hijos e
incluso efectos negativos para el tejido social.
La
estabilidad y la indisolubilidad de la unión matrimonial no
deben quedar confiadas exclusivamente a la intención y al compromiso
de los individuos: la responsabilidad en el cuidad y la promoción
de la familia, como institución natural y fundamental, precisamente
en consideración de sus aspectos vitales e irrenunciables,
compete principalmente a toda la sociedad. La necesidad de conferir
un carácter institucional al matrimonio, fundándolo
sobre un acto público, social y jurídicamente reconocido,
deriva de exigencias básicas de naturaleza social.
La
introducción del divorcio en las legislaciones civiles ha alimentado
una visión relativista de la unión conyugal y se ha
manifestado ampliamente como una verdadera plaga social.497
Las parejas que conservan y afianzan los bienes de la estabilidad
y de la indisolubilidad cumplen
de manera útil
y valiente, el cometido a ellas confiado de ser un signo
en el mundo un signo pequeño y precioso, a veces expuesto
a la tentación, pero siempre renovado de la incansable
fidelidad con que Dios y Jesucristo aman a todos los hombres y a cada
hombre.498
226
La Iglesia no abandona a su suerte aquellos que, tras un divorcio,
han vuelto a contraer matrimonio. La Iglesia ora por ellos, los anima
en las dificultades de orden espiritual que se les presentan y los
sostiene en la fe y en la esperanza. Por su parte, estas personas,
en cuanto bautizados, pueden y deben participar en la vida de la Iglesia:
se les exhorta a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio
de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras
de caridad y las iniciativas de la comunidad a favor de la justicia
y de la paz, a educar a los hijos en la fe, a cultivar el espíritu
y las obras de penitencia para implorar así, día a día,
la gracia de Dios.
La
reconciliación en el sacramento de la penitencia, que
abriría el camino al sacramento eucarístico puede
concederse sólo a aquellos que, arrepentidos, están
sinceramente dispuestos a una forma de vida que ya no esté
en contradicción con la indisolubilidad del matrimonio.499
Actuando
así, la Iglesia profesa su propia fidelidad a Cristo y a su
verdad; al mismo tiempo, se comporta con ánimo materno para
con estos hijos suyos, especialmente con aquellos que sin culpa suya,
han sido abandonados por su cónyuge legítimo. La Iglesia
cree con firme convicción que incluso cuantos se han apartado
del mandamiento del Señor y persisten en ese estado, podrán
obtener de Dios la gracia de la conversión y de la salvación
si perseveran en la oración, en la penitencia y en la caridad.500
227
Las uniones de hecho, cuyo número ha ido progresivamente aumentando,
se basan sobre un falso concepto de la libertad de elección
de los individuos501
y sobre una concepción privada del matrimonio y de la familia.
El matrimonio no es un simple pacto de convivencia, sino una relación
con una dimensión social única respecto a las demás,
ya que la familia, con el cuidado y la educación de los hijos,
se configura como el instrumento principal e insustituible para el
crecimiento integral de toda persona y para su positiva inserción
en la vida social.
La
eventual equiparación legislativa entre la familia y las uniones
de hecho se traduciría en un descrédito del modelo
de familia, que no se puede realizar en una relación precaria
entre personas,502
sino sólo en una unión permanente originada en el matrimonio,
es decir, en el pacto entre un hombre y una mujer, fundado sobre una
elección recíproca y libre que implica la plena comunión
conyugal orientada a la procreación.
238
Un problema particular, vinculado a las uniones de hecho, es el que
se refiere a la petición de reconocimiento jurídico
de las uniones homosexuales, objeto, cada vez más, de debate
público. Sólo una antropología que responda a
la plena verdad del hombre puede dar una respuesta adecuada al problema,
que presenta diversos aspectos tanto en el plano social como eclesial.503
A la luz de esta antropología se evidencia qué
incongruente es la pretensión de atribuir una realidad conyugal
a la unión entre personas del mismo sexo. Se opone a esto,
ante todo, la imposibilidad objetiva de hacer fructificar el matrimonio
mediante la transmisión de la vida, según el proyecto
inscrito por Dios en la misma estructura del ser humano. Asimismo,
también se opone a ello la ausencia de los presupuestos para
la complementariedad interpersonal querida por el Creador, tanto en
el plano físico-biológico como en el eminentemente psicológico,
entre el varón y la mujer. Únicamente en la unión
entre dos personas sexualmente diversas puede realizarse la perfección
de cada una de ellas, en una síntesis de unidad y mutua complementariedad
psíco-física504
La
persona homosexual debe ser plenamente respetada en su dignidad,505
y animada a seguir el plan de Dios con un esfuerzo especial en el
ejercicio de la castidad.506
Este respeto no significa la legitimación de comportamientos
contrarios a la ley mora. Ni, mucho menos, el reconocimiento de un
derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo, con la consiguiente
equiparación de estas uniones con la familia:507
Si, desde el punto de vista legal, el casamiento entre dos personas
de sexo diferente fuese sólo considerado como uno de los matrimonios
posibles, el concepto de matrimonio sufriría un cambio radical,
con grave deterioro del bien común. Poniendo la unión
homosexual en un plano jurídico análogo al del matrimonio
o al de la familia, el Estado actúa arbitrariamente y entra
en contradicción con sus propios deberes.508
229
La solidez del núcleo familiar es un recurso determinante para
la calidad de la convivencia social. Por ello la comunidad civil no
puede permanecer indiferente ante las tendencias disgregadoras que
minan en la base sus propios fundamentos. Si una legislación
puede en ocasiones tolerar comportamiento moralmente inaceptables,509
no debe jamás debilitar el reconocimiento del matrimonio monogámico
indisoluble, como única forma auténtica de la familia.
Es necesario, por tanto, que las autoridades públicas resistiendo
a las tendencias disgregadoras de la misma sociedad y nocivas para
la dignidad, seguridad y bienestar de los ciudadanos, procuren que
la opinión pública no sea llevada a menospreciar la
importancia institucional del matrimonio y de la familia.510
Es
tarea de la comunidad cristiana y de todos aquellos que se preocupan
sinceramente por el bien de la sociedad, reafirmar que la familia
constituye, más que una unidad jurídica, social y económica,
una comunidad de amor y de solidaridad, insustituible para la enseñanza
y transmisión de los valores culturales, éticos, sociales,
espirituales y religiosos, esenciales para el desarrollo y bienestar
de los propios miembros y de la sociedad.511
b)
La familia es el santuario de la vida
230
El amor conyugal está por su naturaleza abierto a la acogida
de la vida.512
En la tarea procreadora se revela de forma eminente la dignidad del
ser humano, llamado a hacerse intérprete de la bondad y de
la fecundidad que proviene de Dios: La paternidad y la maternidad
humanas, aún siendo biológicamente parecidas a las de
otros seres de la naturaleza, tienen en sí mismas, de manera
esencial y exclusiva, una semejanza con Dios, sobre la
que se funda la familia, entendida como comunidad de vida humana,
como comunidad de personas unidas en el amor (communio personarum).513
La
procreación expresa la subjetividad social de la familia e
inicia un dinamismo de amor y de solidaridad entre las generaciones
que constituye la base de la sociedad. Es necesario redescubrir el
valor social de partícula del bien común insista en
cada nuevo ser humano: cada niño hace de sí mismo
un don a los hermanos, hermanas, padres, a toda la familia. Su vida
se convierte en don para los mismos donantes de la vida, los cuales
no dejarán de sentir la presencia del hijo, su participación
en la vida de ellos, su aportación a su bien común y
al de la comunidad familiar.514
231
La familia fundada en el matrimonio es verdaderamente el santuario
de la vida, el ámbito donde la vida, don de Dios, puede
ser acogida y protegida de manera adecuada contra los múltiples
ataques a los que está expuesta, y puede desarrollarse según
las exigencias de un auténtico crecimiento humano.515
La función de la familia es determinante e insustituible en
la promoción y construcción de la cultura de la vida,516
contra la difusión de una anticivilización
destructora, como demuestran hoy tantas tendencias y situaciones de
hecho.517
Las
familias cristianas tienen, en virtud del sacramento recibido, la
peculiar misión de ser testigos y anunciadoras del Evangelio
de la vida. Es un compromiso que adquiere, en la sociedad, el valor
de verdadera y valiente profecía. Por este motivo, servir
el Evangelio de la vida supone que las familias, participando especialmente
en asociaciones familiares, trabajan para que las leyes e instituciones
del Estado no violen de ningún modo el derecho a la vida, desde
la concepción hasta la muerte natural, sino que la defiendan
y promuevan.518
232
La familia contribuye de modo eminente al bien social por medio de
la paternidad y la maternidad responsables, formas peculiares de la
especial participación de los cónyuges en la obra creadora
de Dios.519
La carga que conlleva esta responsabilidad, no se puede invocar para
justificar posturas egoístas, sino que debe guiar las opciones
de los cónyuges hacia una generosa acogida de la vida: En
relación con las condiciones físicas, económicas,
psicológicas y sociales, la paternidad responsable se pone
en práctica, ya sea con la deliberación ponderada y
generosa de tener una familia numerosa, ya sea con la decisión,
tomada por graves motivos y en el respeto de la ley moral, de evitar
un nuevo nacimiento durante algún tiempo o por tiempo indefinido.520
Las motivaciones que deben guiar a los esposos en el ejercicio responsable
de la paternidad y de la maternidad, derivan del pleno reconocimiento
de los propios deberes hacia Dios, hacia sí mismos, hacia la
familia y hacia la sociedad, en una justa jerarquía de valores.
233
En cuanto a los medios para la procreación responsable,
se han de rechazar como moralmente ilícitos tanto la esterilización
como el aborto.521
Este último, en particular, es un delito abominable y constituye
siempre un desorden moral particularmente grave;522
lejos de ser un derecho, es más bien un triste fenómeno
que contribuye gravemente a la difusión de una mentalidad contra
la vida, amenazando peligrosamente la convivencia social justa y democrática.523
Se
ha de rechazar también el recurso a los medios contraceptivos
en sus diversas formas.524
Este rechazo deriva de una concepción correcta e íntegra
de la persona y de la sexualidad humana,525
y tiene el valor de una instancia moral en defensa del verdadero desarrollo
de los pueblos.526
Las mismas razones de orden antropológico, justifican, en cambio,
como lícito el recurso a la abstinencia en los períodos
de fertilidad femenina.527
Rechazar la contracepción y recurrir a los métodos naturales
de regulación de la natalidad comporta la decisión de
vivir las relaciones interpersonales entre los cónyuges con
recíproco respeto y total acogida; de ahí derivarán
también consecuencias positivas para la realización
de un orden social más humanos.
234
El juicio acerca del intervalo entre los nacimientos y el número
de los hijos corresponde solamente a los esposos. Este es uno de sus
derechos inalienables, que ejercen ante Dios, considerando los deberes
para consigo mismos, con los hijos ya nacidos, la familia y la sociedad.528
La intervención del poder público, en el ámbito
de su competencia, para la difusión de una información
apropiada y la adopción de oportunas medidas demográficas,
debe cumplirse respetando las personas y la libertad de las parejas:
no puede jamás sustituir sus decisiones;529
tanto menos lo pueden hacer las diversas organizaciones que trabajan
en este campo.
Son
moralmente condenables, como atentados a la dignidad de la persona
y de la familia, los programas de ayuda económica destinados
a financiar campañas de esterilización y anticoncepción
o subordinados a la aceptación de dichas campañas. La
solución de las cuestiones relacionadas con el crecimiento
demográfico se debe buscar, más bien, respetando contemporáneamente
la moral sexual y la social, promoviendo una mayor justicia y una
auténtica solidaridad para dar en todas partes dignidad a la
vida, comenzando por las condiciones económicas, sociales y
culturales.
235
El deseo de maternidad y paternidad no justifica ningún derecho
al hijo, en cambio, son evidentes los derechos de quien aún
no ha nacido, al que se deben garantizar las mejores condiciones de
existencia, mediante la estabilidad de la familia fundada sobre el
matrimonio y la complementariedad de las dos figuras, paterna y materna.530
El acelerado desarrollo de la investigación y de sus aplicaciones
técnicas en el campo de la reproducción, plantea nuevas
y delicadas cuestiones que exigen la intervención de la sociedad
y la existencia de normas que regulen este ámbito de la convivencia
humana.
Es
necesario reafirmar que no son moralmente aceptables todas aquellas
técnicas de reproducción como la donación
de esperma o de óvulos; la maternidad sustitutiva; la fecundación
artificial heteróloga en las que se recurre al útero
o a los gametos de personas extrañas a los cónyuges.
Estas prácticas dañan el derecho del hijo a nacer de
un padre y de una madre que lo sean tanto desde el punto de vista
biológico como jurídico. También son reprobables
las prácticas que separan el acto unitivo del procreativo mediante
técnicas de laboratorio, como la inseminación y la fecundación
artificial homóloga, de forma que el hijo aparece más
como el resultado de un acto técnico, que como el fruto natural
del acto humano de donación plena y total de los esposos.531
Evitar el recurso a las diversas formas de la llamada procreación
asistida, la cual sustituye el acto conyugal, significa respetar tanto
en los mismos padres como en los hijos que pretenden generar
la dignidad integral de la persona humana.532
Son lícitos, en cambio, los medios que se configuran como ayuda
al acto conyugal o en orden a lograr sus efectos.533
236
Una cuestión de particular importancia social y cultural, por
las múltiples y graves implicaciones morales que presenta,
es la clonación humana, término que, de por sí,
en sentido general, significa reproducción de una entidad biológica
genéticamente idéntica a la originante. La clonación
ha adquirido, tanto en el pensamiento como en la praxis experimental,
diversos significados que suponen, a su vez, procedimientos diversos
desde el punto de vista de las modalidades técnicas de realización,
así como finalidades diferentes. Puede significar la simple
replicación en laboratorio de células o de porciones
de ADN. Pero hoy específicamente se entiende por clonación
la reproducción de individuos, en estado embrional, con modalidades
diversas de la fecundación natural y en modo que sean genéticamente
idénticos al individuo del que se originan. Este tipo de clonación
puede tener una finalidad reproductiva de embriones humanos o una
finalidad, llamada terapéutica, que tiende a utilizar estos
embriones para fines de investigación científica o,
más específicamente, para la producción de células
estaminales.
Desde
el punto de vista ético, la simple replicación de células
normales o de porciones del ADN no presenta problemas particulares.
Muy diferente es el juicio del Magisterio acerca de la clonación
propiamente dicha. Ésta es contraria a la dignidad de la procreación
humana porque se realiza en ausencia total del acto de amor personal
entre los esposos, tratándose de una reproducción agámica
y asexual.534
En segundo lugar, este tipo de reproducción representa una
forma de dominio total sobre el individuo reproducido por parte de
quien lo reproduce.535
El hecho que la clonación se realice para reproducir embriones
de los cuales extraer células que puedan usarse con fines terapéuticos
no atenúa la gravedad moral, porque además para extraer
tales células el embrión primero debe ser producido
y después eliminado.536
237
Los padres, como ministros de la vida, nunca deben olvidar que la
dimensión espiritual de la procreación merece una consideración
superior a la reservada a cualquier otro aspecto: La paternidad
y la maternidad representan un cometido de naturaleza no simplemente
física, sino espiritual; en efecto, por ellas pasa la genealogía
de la persona, que tiene su inicio eterno en Dios y que debe conducir
a Él.537
Acogiendo la vida humana en la unidad de sus dimensiones, físicas
espirituales, las familias contribuyen a la comunión
de las generaciones, y dan así una contribución
esencial e insustituible al desarrollo de la sociedad. Por esta razón,
la familia tiene derecho a la asistencia de la sociedad en lo
referente a sus deberes en la procreación y educación
de los hijos. Las parejas casadas con familia numerosa, tienen derecho
a una ayuda adecuada y no deben ser discriminadas.538
c)
La tarea educativa
238
Con la obra educativa, la familia forma al hombre en la plenitud de
su dignidad, según todas sus dimensiones, comprendida la social.
La familia constituye una comunidad de amor y de solidaridad,
insustituible para la enseñanza y transmisión de los
valores culturales, éticos, sociales, espirituales y religiosos,
esenciales para el desarrollo y bienestar de sus propios miembros
y de la sociedad.539
Cumpliendo con su misión educativa, la familia contribuye al
bien común y constituye la primera escuela de virtudes sociales,
de la que todas las sociedades tienen necesidad.540
La familia ayuda a que las personas desarrollen su libertad y su responsabilidad,
premisas indispensables para asumir cualquier tarea en la sociedad.
Además, con la educación se comunican algunos valores
fundamentales, que deben ser asimilados por cada persona, necesarios
para ser ciudadanos libres, honestos y responsables.541
239
La familia tiene una función original e insustituible en la
educación de los hijos.542
El amor de los padres, que se pone al servicio de los hijos para ayudarles
a extraer de ellos (e-ducere) lo mejor de sí mismos,
encuentra su plena realización precisamente en la tarea educativa:
El amor de los padres se transforma de fuente en alma y, por
consiguiente, en norma que inspira y guía toda la acción
educativa concreta, enriqueciéndola con los valores de dulzura,
constancia, bondad, servicio, desinterés, espíritu de
sacrificio, que son el fruto más precioso del amor.543
El
derecho y el deber de los padres a la educación de la prole
se debe considerar como esencial, relacionado como está
con la transmisión de la vida humana; como original y primario,
respecto al deber educativo de los demás, por la unicidad de
la relación de amor que subsiste entre padres e hijos; como
insustituible e inalienable, y
por consiguiente, no puede ser
totalmente delegado o usurpado por otros.544
Los padres tienen el derecho y el deber de impartir una educación
religiosa y una formación moral a sus hijos:545
derecho que no puede ser cancelado por el Estado, antes bien, debe
ser respetado y promovido. Es un deber primario, que la familia no
puede descuidar o delegar.
240
Los padres son los primeros, pero no los únicos, educadores
de sus hijos. Corresponde a ellos, por tanto, ejercer con sentido
de responsabilidad la labor educativa en estrecha y vigilante colaboración
con los organismos civiles y eclesiales: La misma dimensión
comunitaria, civil y eclesial, del hombre exige y conduce a una acción
más amplia y articulada, fruto de la colaboración ordenada
de las diversas fuerzas educativas. Éstas son necesarias, aunque
cada una puede y debe intervenir con su competencia y con su contribución
propias.546
Los padres tienen el derecho a elegir los instrumentos formativos
conformes a sus propias convicciones y a buscar los medios que puedan
ayudarles mejor en su misión educativa, incluso en el ámbito
espiritual y religioso. Las autoridades públicas tienen la
obligación de garantizar este derecho y de asegurar las condiciones
concretas que permitan su ejercicio.547
En este contexto, se sitúa el tema de la colaboración
entre familia e institución escolar.
241
Los padres tienen el derecho de fundar y sostener instituciones educativas.
Por su parte, las autoridades públicas deben cuidar que las
subvenciones estatales se repartan de tal manera que los padres sean
verdaderamente libres para ejercer su derecho, sin tener que soportar
cargas injustas. Los padres no deben soportar, directa o indirectamente,
aquellas cargas suplementarias que impiden o limitan injustamente
el ejercicio de esta libertad.548
Ha de considerarse una injusticia el rechazo de apoyo económico
público a las escuelas no estatales que tengan necesidad de
él y ofrezcan un servicio a la sociedad civil: Cuando
el Estado reivindica el monopolio escolar, va más allá
de sus derechos y conculca la justicia
El Estado no puede, sin
cometer injusticia, limitarse a tolerar las escuelas llamadas privadas.
Éstas presentan un servicio público y tienen, por consiguiente,
el derecho a ser ayudadas económicamente.549
242
La familia tiene la responsabilidad de ofrecer una educación
integral. En efecto, la verdadera educación se propone
la formación de la persona humana en orden a su fin último
y al bien de las sociedades, de las que el hombre es miembro y en
cuyas responsabilidades participará cuando llegue a ser adulto.550
Esta integridad queda asegurada cuando con el testimonio de
vida y con la palabra se educa a los hijos al diálogo,
al encuentro, a la sociabilidad, a la legalidad, a la solidaridad
y a la paz, mediante el cultivo de las virtudes fundamentales de la
justicia y de la caridad.551
En
la educación de los hijos, las funciones materna y paterna
son igualmente necesarias.552
Por lo tanto, los padres deben obrar siempre conjuntamente. Ejercerán
la autoridad con respeto y delicadeza, pero también con firmeza
y vigor: debe ser una autoridad creíble, coherente, sabia y
siempre orientada al bien integral de los hijos.
243
Los padres tienen una particular responsabilidad en la esfera de la
educación sexual. Es de fundamental importancia, para un crecimiento
armónico, que los hijos aprendan de modo ordenado y progresivo
el significado de la sexualidad y aprendan a apreciar los valores
humanos y morales a ella asociados: Por los vínculos
estrechos que hay entre la dimensión sexual de la persona y
sus valores éticos, esta educación debe llevar a los
hijos a conocer y estimar las normas morales como garantía
necesaria y preciosa para un crecimiento personal y responsable en
la sexualidad humana.553
Los padres tienen la obligación de verificar las modalidades
en que se imparte la educación sexual en las instituciones
educativas, con el fin de controlar que un tema tan importante y delicado
sea tratado en forma apropiada.
d)
Dignidad y derechos de los niños
244
La doctrina social de la Iglesia indica constantemente la exigencia
de respetar la dignidad de los niños. En la familia,
comunidad de personas debe reservarse una atención especialísima
al niño, desarrollando una profunda estima por su dignidad
personal, así como un gran respeto y un generoso servicio a
sus derechos. Esto vale respecto a todo niño, pero adquiere
una urgencia singular cuando el niño es pequeño y necesita
de todo, está enfermo, delicado o es minusválido.554
Los
derechos de los niños deben ser protegidos por los ordenamientos
jurídicos. Es necesario, sobre todo, el reconocimiento público
en todos los países del valor social de la infancia: Ningún
país del mundo, ningún sistema político, puede
pensar en el propio futuro de modo diverso si no es a través
de la imagen de estas nuevas generaciones, que tomarán de sus
padres el múltiple patrimonio de los valores, de los deberes,
de las aspiraciones de la Nación a la que pertenecen, junto
con el de toda la familia humana.555
El primer derecho del niño es a nacer en una familia
verdadera,556
un derecho cuyo respeto ha sido siempre problemático y que
hoy conoce nuevas formas de violación debidas al desarrollo
de las técnicas genéticas.
245
La situación de gran parte de los niños en el mundo
dista mucho de ser satisfactoria, por la falta de condiciones que
favorezcan su desarrollo integral, a pesar de la existencia de un
específico instrumento jurídico internacional para tutelar
los derechos del niño.557
Ratificado por la casi totalidad de los miembros de la comunidad internacional.
Se trata de condiciones vinculadas a la carencia de servicios de salud,
de una alimentación adecuada, de posibilidades de recibir un
mínimo de formación escolar y de una casa. Siguen sin
resolverse además algunos problemas gravísimos: el tráfico
de niños, el trabajo infantil, el fenómeno de los niños
de la calle, el uso de niños en conflictos armados, el
matrimonio de las niñas, la utilización de niños
para el comercio de material pornográfico, incluso a través
de los más modernos y sofisticados instrumentos de comunicación
social. Es indispensable combatir, a nivel nacional e internacional,
las violaciones de la dignidad de los niños y de las niñas
causadas por la explotación sexual, por las personas dedicadas
a la pedofilia y por las violencias de todo tipo infligidas a estas
personas humanas, las más indefensas.558
Se trata de actos delictivos que deben ser combatidos eficazmente
con adecuadas medidas preventivas y penales, mediante una acción
firme por parte de las diversas autoridades.
IV.
LA FAMILIA,
PROTAGONISTA DE LA VIDA SOCIAL
a)
Solidaridad familiar
246
La subjetividad social de las familias, tanto individualmente como
asociadas, se expresa también con manifestaciones de solidaridad
y ayuda mutua, no sólo entre las mismas familias, sino también
mediante diversas formas de participación en la vida social
y política. Se trata de la consecuencia de la realidad familiar
fundada en el amor: naciendo del amor y creciendo en él, la
solidaridad pertenece a la familia como elemento constitutivo y estructural.
Es
una solidaridad que puede asumir el rostro del servicio y de la atención
a cuantos viven en la pobreza y en la indigencia, a los huérfanos,
a los minusválidos, a los enfermos, a los ancianos, a quien
está de luto, a cuantos viven en la confusión, en la
soledad o en el abandono; una solidaridad que se abre a la acogida,
a la tutela o a la adopción; que sabe hacerse voz ante las
instituciones de cualquier situación de carencia, para que
intervengan según sus finalidades específicas.
247
Las familias, lejos de ser sólo objeto de la acción
política, pueden y deben ser sujeto de esa actividad, movilizándose
para procurar que las leyes y las instituciones del Estado no
sólo no ofendan, sino que sostengan y defiendan positivamente
los derechos de la familia. En este sentido, las familias deben crecer
en la conciencia de ser protagonistas de la llamada política
familiar y asumir la responsabilidad de transformar la sociedad.559
Con este fin, se ha de reforzar el asociacionismo familiar: Las
familias tienen el derecho de formar asociaciones con otras familias
e instituciones, con el fin de cumplir la tarea familiar de manera
apropiada y eficaz, así como defender los derechos, fomentar
el bien y representar los intereses de la familia. En el orden económico,
social, jurídico y cultural, las familias y las asociaciones
familiares deben ver reconocido su propio papel en la planificación
y el desarrollo de programas que afectan a la vida familiar.560
b)
Familia, vida económica y trabajo
248
La relación que se da entre la familia y la vida económica
es particularmente significativa. Por una parte, en efecto, la eco-nomía
nació del trabajo doméstico: la casa ha sido por mucho
tiempo, y todavía en muchos lugares lo sigue siendo,
unidad de producción y centro de vida. El dinamismo de la vida
económica, por otra parte, se desarrolla a partir de la iniciativa
de las personas y se realiza, como círculos concéntricos,
en redes cada vez más ampliar de producción e intercambio
de bienes y servicios, que involucran de forma creciente a las familias.
La familia, por tanto, debe ser considerada protagonista esencial
de la vida económica, orientada no por la lógica del
mercado, sino según la lógica del compartir y de la
solidaridad entre las generaciones.
249
Una relación muy particular une a la familia con el trabajo:
La familia constituye uno de los puntos de referencia más
importantes, según los cuales debe formarse el orden socio-ético
del trabajo humano.561
Esta relación hunde sus raíces en la conexión
que existe entre la persona y su derecho a poseer el fruto de su trabajo
y atañe no sólo a la persona como individuo, sino también
como miembro de una familia, entendida como sociedad doméstica.562
El
trabajo es esencial en cuanto representa la condición que hace
posible la fundación de una familia, cuyos medios de subsistencia
se adquieren mediante el trabajo. El trabajo condiciona también
el proceso de desarrollo de las personas, porque una familia afectada
por la desocupación, corre el peligro de no realizar plenamente
sus finalidades.563
La
aportación que la familia puede ofrecer a la realidad del trabajo
es preciosa, y por muchas razones, es insustituible. Se trata de una
contribución que se expresa tanto en términos económicos
como a través de los vastos recursos de solidaridad que la
familia posee. Éstos últimos constituyen un apoyo importante
para quien, en la familia, se encuentra sin trabajo o está
buscando una ocupación. Pero más radicalmente aún,
es una contribución que se realiza con la educación
al sentido del trabajo y mediante el ofrecimiento de orientaciones
y apoyos ante las mismas decisiones profesionales.
250
Para tutelar esta relación entre familia y trabajo, un elemento
importante que se ha de apreciar y salvaguardar es el salario familiar,
es decir, un salario suficiente que permita mantener y vivir dignamente
a la familia.564
Este salario debe permitir un cierto ahorro que favorezca la adquisición
de laguna forma de propiedad, como garantía de libertad. El
derecho a la propiedad se encuentra estrechamente ligado a la existencia
de la familia, que se protege de las necesidades gracias también
al ahorro y a la creación de una propiedad familiar.565
Diversas pueden ser las formas de llevar a efecto el salario familiar.
Contribuyen a determinarlo algunas medidas sociales importantes, como
los subsidios familiares y otras prestaciones por las personas a cargo,
así como la remuneración del trabajo en el hogar de
uno de los padres.566
251
En la relación entre la familia y el trabajo, una atención
especial se reserva al trabajo de la mujer en la familia, o labores
de cuidado familiar, que implica también las responsabilidades
del hombre como marido y padre. Las labores del cuidado familiar,
comenzando por las de la madre, precisamente porque están orientadas
y dedicadas al servicio de la calidad de la vida, constituyen un tipo
de actividad laboral eminentemente personal y personalizante, que
debe ser socialmente reconocida y valorada,567
incluso mediante un retribución económica al menos semejante
a la de otras labores.568
Al mismo tiempo, es necesario que se eliminen todos los obstáculos
que impiden a los esposos ejercer libremente su responsabilidad procreativa
y, en especial, los que impiden a la mujer desarrollar plenamente
sus funciones maternas.569
V.
LA SOCIEDAD AL SERVICIO DE LA FAMILIA
252
El punto de partida para una relación correcta y constructiva
entre la familia y la sociedad es el reconocimiento de la subjetividad
y de la prioridad social de la familia. Esta íntima relación
entre las dos impone también que la sociedad no deje
de cumplir su deber fundamental de respetar y promover la familia
misma.570
La sociedad y, en especial, las instituciones estatales, respetando
la prioridad y preeminencia de la familia están
llamadas a garantizar y favorecer la genuina identidad de la vida
familiar y a evitar y combatir todo lo que la altera y daña.
Esto exige que la acción política y legislativa salvaguarde
los valores de la familia, desde la promoción de la intimidad
y la convivencia familiar, hasta el respeto de la vida naciente y
la efectiva libertad de elección en la educación de
los hijos. La sociedad y el Estado no pueden, por tanto, ni absorber
ni sustituir, ni reducir la dimensión social de la familia;
más bien deben honrarla, reconocerla, respetarla y promoverla
según el principio de subsidiaridad.571
253
El servicio de la sociedad a la familia se concreta en el reconocimiento,
el respeto y la promoción de los derechos de la familia.572
Todo esto requiere la realización de auténticas y eficaces
políticas familiares, con intervenciones precisas, capaces
de hacer frente a las necesidades que derivan de los derechos de la
familia como tal. En este sentido, es necesario como requisito previo,
esencial e irrenunciable, el reconocimiento lo cual comporta
la tutela, la valoración y la promoción de la
identidad de la familia, sociedad natural fundada sobre el matrimonio.
Este reconocimiento establece una neta línea de demarcación
entre la familia, entendida correctamente, y las otras formas de convivencia,
que por su naturaleza no pueden merecer ni el nombre ni
la condición de familia.
254
El reconocimiento, por parte de las instituciones civiles y del Estado,
de la prioridad de la familia sobre cualquier otra comunidad y sobre
la misma realidad estatal, comporta superar las concepciones meramente
individualistas y asumir la dimensión familiar como perspectiva
cultural y política, irrenunciable en la consideración
de las personas. Ello no se coloca como alternativa de los derechos
que las personas poseen individualmente, sino más bien como
su apoyo y tutela. Esta perspectiva hace posible elaborar criterios
normativos para una solución correcta de los diversos problemas
sociales, porque las personas no deben ser consideradas sólo
singularmente, sino también en relación a sus propios
núcleos familiares, cuyos valores específicos y exigencias
han de ser tenidos en cuenta.