IV.
EL DERECHO AL TRABAJO
a)
El trabajo es necesario
287
El trabajo es un derecho fundamental y un bien para el hombre:619
un bien útil, digno de él, porque es idóneo para
expresar y acrecentar la dignidad humana. La Iglesia enseña
el valor del trabajo no sólo porque es siempre personal, sino
también por el carácter de necesidad.620
El trabajo es necesario para formar y mantener una familia,621
adquirir el derecho a la propiedad622
y contribuir al bien común de la familia humana.623
La consideración de las implicaciones morales que la cuestión
del trabajo comporta en la vida social, lleva a la Iglesia a indicar
la desocupación como una verdadera calamidad social,624
sobre todo en relación con las jóvenes generaciones.
288
El trabajo es un bien de todos, que debe estar disponible para todos
aquellos capaces de él. La plena ocupación
es, por tanto, un objetivo obligado para todo ordenamiento económico
orientado a la justicia y al bien común. Una sociedad donde
el derecho al trabajo sea anulado o sistemáticamente negado
y donde las medidas de política económica no permitan
a los trabajadores alcanzar niveles satisfactorios de ocupación,
no puede conseguir su legitimación ética ni la
justa paz social.625
Una función importante y, por ello, una responsabilidad específica
y grave, tienen en este ámbito los empresarios indirectos,626
es decir aquellos sujetos personas o instituciones de diverso
tipo que son capaces de orientar, a nivel nacional o internacional,
la política del trabajo y de la economía.
289
La capacidad propulsora de una sociedad orientada hacia el bien común
y proyectada hacia el futuro se mide también, y sobre todo,
a partir de las perspectivas de trabajo que puede ofrecer. El alto
índice de desempleo, la presencia de sistemas de instrucción
obsoletos y la persistencia de dificultades para acceder a la formación
y al mercado de trabajo constituyen para muchos, sobre todo jóvenes,
un grave obstáculo en el camino de la realización humana
y profesional. Quien está desempleado o subempleado padece,
en efecto, las consecuencias profundamente negativas que esta condición
produce en la personalidad y corre el riesgo de quedar al margen de
la sociedad y de convertirse en víctima de la exclusión
social.627
Además de a los jóvenes, este drama afecta, por lo general,
a las mujeres, a los trabajadores menos especializados, a los minusválidos,
a los inmigrantes, a los ex-reclusos, a los analfabetos, personas
todas que encuentran mayores dificultades en la búsqueda de
una colocación en el mundo del trabajo.
290
La conservación del empleo depende cada vez más de las
capacidades profesionales.628
El sistema de instrucción y de educación no debe descuidar
la formación humana y técnica, necesaria para desarrollar
con provecho las tareas requeridas. La necesidad cada vez más
difundida de cambiar varias veces de empleo a lo largo de la vida,
impone al sistema educativo favorecer la disponibilidad de las personas
a una actualización permanente y una reiterada cualifica. Los
jóvenes deben aprender a actuar autónomamente, a hacerse
capaces de asumir responsablemente la tarea de afrontar con la competencia
adecuada los riesgos vinculados a un contexto económico cambiante
y frecuentemente imprevisible en sus escenarios de evolución.629
Es igualmente indispensable ofrecer ocasiones formativas oportunas
a los adultos que buscan una nueva cualificación, así
como a los desempleados. En general, la vida laboral de las personas
debe encontrar nuevas y concretas formas de apoyo, comenzando precisamente
por el sistema formativo, de manera que sea menos difícil atravesar
etapas de cambio, de incertidumbre y de precariedad.
b)
La función del Estado y de la sociedad civil en la promoción
del derecho al trabajo
291
Los problemas de la ocupación reclaman las responsabilidades
del Estado, al cual compete el deber de promover políticas
que activen el empleo, es decir, que favorezcan la creación
de oportunidades de trabajo en el territorio nacional, incentivando
para ello el mundo productivo. El deber del Estado no consiste tanto
en asegurar directamente el derecho al trabajo de todos los ciudadanos,
constriñendo toda la vida económica y sofocando la libre
iniciativa de las personas, cuanto sobre todo en secundar la
actividad de las empresas, creando condiciones que aseguren oportunidades
de trabajo, estimulándola donde sea insuficiente o sosteniéndola
en momentos de crisis.630
292
Teniendo en cuenta las dimensiones planetarias que han asumido vertiginosamente
las relaciones económico-financieras y el mercado de trabajo,
se debe promover una colaboración internacional eficaz entre
los Estados, mediante tratados, acuerdos y planes de acción
comunes que salvaguarden el derecho al trabajo, incluso en las fases
más críticas del ciclo económico, a nivel nacional
e internacional. Hay que ser conscientes de que el trabajo humano
es un derecho del que depende directamente la promoción de
la justicia social y de la paz civil. Tareas importantes en esta dirección
corresponden a las Organizaciones Internacionales, así como
a las sindicales: uniéndose en las formas más oportunas,
deben esforzarse, ante todo, en el establecimiento de una trama
cada vez más compacta de disposiciones jurídicas que
protejan el trabajo de los hombres, de las mujeres, de los jóvenes,
y les aseguren una conveniente retribución.631
293
Para la promoción del derecho al trabajo es importante, hoy
como en tiempos de la Rerum novarum, que exista realmente
un libre proceso de auto-organización de la sociedad.632
Se pueden encontrar significativos testimonios y ejemplos de auto-organización
en las numerosas iniciativas, privadas y sociales, caracterizadas
por formas de participación, de cooperación y de autogestión,
que revelan la fusión de energías solidarias, estas
iniciativas se ofrecen al mercado como un variado sector de actividades
laborales que se distinguen por una atención particular al
aspecto relacional de los bienes producidos y de los servicios prestados
en diversos ámbitos: educación, cuidado de la salud,
servicios sociales básicos, cultura. Las iniciativas del así
llamado tercer sector constituyen una oportunidad cada
vez más relevante de desarrollo del trabajo y de la economía.
c)
La familia y el derecho al trabajo
294
El trabajo es el fundamento sobre el que se forma la vida familiar,
la cual es un derecho natural y una vocación del hombre.633
El trabajo asegura los medios de subsistencia y garantiza el proceso
educativo de los hijos.634
Familia y trabajo, tan estrechamente interdependientes en la experiencia
de la gran mayoría de las personas, requieren una consideración
más conforme a la realidad, una atención que las abarque
conjuntamente, sin las limitaciones de una concepción privatista
de la familia y economicista del trabajo. Es necesario para ello que
las empresas, las organizaciones profesionales, los sindicatos y el
Estado se hagan promotores de políticas laborales que no perjudiquen,
sino favorezcan el núcleo familiar desde el punto de vista
ocupacional. La vida familiar y el trabajo, en efecto, se condicional
recíprocamente de diversas maneras. Los largos desplazamientos
diarios al y del puesto de trabajo, el doble trabajo, la fatiga física
y psicológica limitan el tiempo dedicado a la vida familiar;635
las situaciones de desocupación tienen repercusiones materiales
y espirituales sobre las familias, así como las tensiones y
las crisis familiares influyen negativamente en las actitudes y el
rendimiento en el campo laboral.
d)
Las mujeres y el derecho al trabajo
295
El genio femenino es necesario en todas las expresiones de la vida
social: por ello se ha de garantizar la presencia de las mujeres también
en el ámbito laboral. El primer e indispensable paso en esta
dirección es la posibilidad concreta de acceso a la formación
profesional. El reconocimiento y la tutela de los derechos de las
mujeres en este ámbito dependen, en general, de la organización
del trabajo, que debe tener en cuenta la dignidad y la vocación
de la mujer, cuya verdadera promoción
exige que
el trabajo se estructure de manera que no deba pagar su promoción
con el abandono del carácter específico propio y en
perjuicio de la familia, en la que como madre tiene un papel insustituible.636
Es una cuestión con la que se miden la cualidad de la sociedad
y la efectiva tutela del derecho al trabajo de las mujeres.
La
persistencia de muchas formas de discriminación que ofenden
la dignidad y vocación de la mujer en la esfera del trabajo,
se debe a una larga serie de condicionamientos perniciosos para la
mujer, que ha sido y es todavía olvidada en sus prerrogativas,
marginada frecuentemente e incluso reducida a esclavitud.637
Estas dificultades, desafortunadamente, no han sido superadas, como
lo demuestran en todo el mundo las diversas situaciones que humillan
a la mujer, sometiéndola a formas de verdadera y propia explotación.
La urgencia de un efectivo reconocimiento de los derechos de la mujer
en el trabajo se advierte especialmente en los aspectos de la retribución,
la seguridad y la previsión social.638
e)
El trabajo infantil
296
El trabajo infantil y de menores, en sus formas intolerables, constituye
un tipo de violencia menos visible, mas no por ello menos terrible.639
Una violencia que, más allá de todas las implicaciones
políticas, económicas y jurídicas, sigue siendo
esencialmente un problema moral. León XIII ya advertía:
En cuanto a los niños, se ha de evitar cuidadosamente
y sobre todo que entren en talleres antes de que la edad haya dado
el suficiente desarrollo a su cuerpo, a su inteligencia y a su alma.
Puesto que la actividad precoz agosta, como a las hierbas tiernas,
las fuerzas que brotan de la infancia, con lo que la constitución
de la niñez vendría a destruirse por completo.640
La plaga del trabajo infantil, a más de cien años de
distancia, todavía no ha sido eliminada.
Es
verdad que, al menos por el momento, en ciertos países, la
contribución de los niños con su trabajo al presupuesto
familiar y a las economías nacionales es irrenunciable y que,
en algún modo, ciertas formas de trabajo a tiempo parcial pueden
ser provechosas para los mismos niños; con todo ello, la doctrina
social denuncia el aumento de la explotación laboral
de los menores en condiciones de auténtica esclavitud.641
Esta explotación constituye una grave violación de la
dignidad humana de la que todo individuo es portador, prescindiendo
de que sea pequeño o aparentemente insignificante en términos
utilitarios.642
f)
La emigración y el trabajo
297
La inmigración puede ser un recurso más que un obstáculo
para el desarrollo. En el mundo actual, en el que el desequilibrio
entre países ricos y países pobres se agrava y el desarrollo
de las comunicaciones reduce rápidamente las distancias, crece
la emigración de personas en busca de mejores condiciones de
vida, procedentes de las zonas menos favorecidas de la tierra; su
llegada a los países desarrollados, a menudo es percibida como
una amenaza para los elevados niveles de bienestar, alcanzados gracias
a decenios de crecimiento económico. Los inmigrantes, sin embargo,
en la mayoría de los casos, responden a un requerimiento en
la esfera del trabajo que de otra forma quedaría insatisfecho,
en sectores y territorios en los que la mano de obra local es insuficiente
o no está dispuesta a aportar su contribución laboral.
298
Las instituciones de los países que reciben inmigrantes deben
vigilar cuidadosamente para que no se difunda la tentación
de explotar a los trabajadores extranjeros, privándoles de
los derechos garantizados a los trabajadores nacionales, que deben
ser asegurados a todos sin discriminaciones. La regulación
de los flujos migratorios según criterios de equidad y de equilibrio643
es una de las condiciones indispensables para conseguir que la inserción
se realice con las garantías que exige la dignidad de la persona
humana. Los inmigrantes deben ser recibidos en cuanto personas y ayudados,
junto con sus familias, a integrarse en la vida social.644
En este sentido, se ha de respetar y promover el derecho a la reunión
de sus familias.645
Al mismo tiempo, en la medida de lo posible, han de favorecerse todas
aquellas condiciones que permiten mayores posibilidades de trabajo
en sus lugares de origen.646
g)
El mundo agrícola y el derecho al trabajo
299
El trabajo agrícola merece una especial atención, debido
a la función social, cultural y económica que desempeña
en los sistemas económicos de muchos países, a los numerosos
problemas que debe afrontar en el contexto de una economía
cada vez más globalizada, y a su importancia creciente en la
salvaguardia del ambiente natural: Por consiguiente, en muchas
situaciones son necesarios cambios radicales y urgentes para volver
a dar a la agricultura y a los hombres del campo el justo
valor como base de una sana economía, en el conjunto del desarrollo
de la comunidad social.647
Los
cambios profundos y radicales que se presentan actualmente en el ámbito
social y cultural, y que afectan también a la agricultura y,
más en general , a todo el mundo rural, precisan con urgencia
una profunda reflexión sobre el significado del trabajo agrícola
y sus múltiples dimensiones. Se trata de un desafío
de gran importancia, que debe afrontarse con políticas agrícolas
y ambientales capaces de superar una cierta concepción residual
y asistencial, y de elaborar nuevos procedimientos para lograr una
agricultura moderna, que esté en condiciones de desempeñar
un papel significativo en la vida social y económica.
300
En algunos países es indispensable una redistribución
de la tierra, en el marco de políticas eficaces de reforma
agraria, con el fin de eliminar el impedimento que supone el latifundio
improductivo, condenado por la doctrina social de la Iglesia,648
para alcanzar un auténtico desarrollo económico: Los
países en vías de desarrollo pueden contrarrestar eficazmente
el proceso actual de concentración de la propiedad de la tierra
si hacen frente a algunas situaciones que se presentan como auténticos
nudos estructurales. Estas son: las carencias y los retrasos a nivel
legislativo sobre el tema del reconocimiento del título de
propiedad de la tierra y sobre el mercado del crédito; la falta
de interés por la investigación y por la capacitación
agrícola; la negligencia por los servicios sociales y por la
creación de infraestructura en las áreas rurales.649
La reforma agrícola es, por tanto, además de una necesidad
política, una obligación moral, ya que el no llevarla
a cabo constituye, en estos países, un obstáculo para
los efectos benéficos que derivan de la apertura de los mercados
y, en general, de las ventajosas ocasiones de crecimiento que la globalización
actual puede ofrecer.650
V.
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
a)
Dignidad de los trabajadores y respeto de sus derechos
301
Los derechos de los trabajadores, como todos los demás derechos,
se basan en la naturaleza de la persona humana y en su dignidad trascendente.
El Magisterio social de la Iglesia ha considerado oportuno enunciar
algunos de ellos, indicando la conveniencia de su reconocimiento en
los ordenamientos jurídicos: el derecho a una justa remuneración;651
el derecho al descanso;652
el derecho a ambientes de trabajo y a procesos productivos que
no comporten perjuicio a la salud física de los trabajadores
y no dañen su integridad moral;653
el derecho a que sea salvaguardada la propia personalidad en el lugar
de trabajo, sin que sean conculcados de ningún mudo en
la propia conciencia o en la propia dignidad654
el derecho a subsidios adecuados e indispensables para la subsistencia
de los trabajadores desocupados y de sus familias;655
el derecho a la pensión, así como a la seguridad social
para la vejez, la enfermedad y en caso de accidentes relacionados
con la prestación laboral;656
el derecho a previsiones sociales vinculadas a la maternidad;657
el derecho a reunirse y a asociarse.658
Estos derechos son frecuentemente desatendidos, como confirman los
tristes fenómenos del trabajo infraremunerado, sin garantías
ni representación adecuadas. Con frecuencia sucede que las
condiciones de trabajo para hombres, mujeres y niños, especialmente
en los países en vías de desarrollo, son tan inhumanas
que ofenden su dignidad y dañan su salud.
b)
El derecho a la justa remuneración y distribución de
la renta
302
La remuneración es el instrumento más importante para
practicar la justicia en las relaciones laborales.659
El salario justo es el fruto legítimo del trabajo;660
comete una grave injusticia quien lo niega o no lo da a su debido
tiempo y en la justa proporción al trabajo realizado (Cf. Lv
19, 13; Dt 24, 14-15; St 5, 4). El salario es el instrumento que permite
al trabajador acceder a los bienes de la tierra: La remuneración
del trabajo debe ser tal que permita al hombre y a su familia una
vida digna en el plano material, social, cultural y espiritual, teniendo
presentes el puesto de trabajo y la productividad de cada uno, así
como las condiciones de la empresa y el bien común.661
El simple acuerdo entre el trabajador y el patrono acerca de la remuneración,
no basta para calificar de justa la remuneración
acordada, porque ésta no debe ser en manera alguna insuficiente662
para el sustento del trabajador: la justicia natural es anterior y
superior a la libertad del contrato.
303
El bienestar económico de un país no se mide exclusivamente
por la cantidad de bienes y producidos, sino también teniendo
en cuenta el modo en que son producidos y el grado de equidad en la
distribución de la renta, que debería permitir a todos
disponer de lo necesario para el desarrollo y el perfeccionamiento
de la propia persona. Una justa distribución del rédito
debe establecerse no sólo en base a los criterios de justicia
conmutativa, sino también de justicia social, es decir, considerando,
además del valor objetivo de las prestaciones laborales, la
dignidad humana de los sujetos que las realizan. Un bienestar económico
auténtico se alcanza también por medio de adecuadas
políticas sociales de redistribución de la renta que,
teniendo en cuenta las condiciones generales, consideren oportunamente
los méritos y las necesidades de todos los ciudadanos.
c)
El derecho de huelga
304
La doctrina social reconoce la legitimidad de la huelga cuando
constituye un recurso inevitable, si no necesario para obtener un
beneficio proporcionado,663
después de haber constatado la ineficacia de todas las demás
modalidades para superar los conflictos.664
La huelga, una de las conquistas más costosas del movimiento
sindical, se puede definir como el rechazo colectivo y concertado,
por parte de los trabajadores, a seguir desarrollando sus actividades,
con el fin de obtener, por medio de la presión así realizada
sobre los patrones, sobre el Estado y sobre la opinión pública,
mejoras en sus condiciones de trabajo y en su situación social.
También la huelga, aun cuando aparezca como una especie
de ultimátum,665
debe ser siempre un método pacífico de reivindicación
y de lucha por los propios derechos; resulta moralmente inaceptable
cuando va acompañada de violencias o también cuando
se lleva a cabo en función de objetivos no directamente vinculados
con las condiciones del trabajo o contrarios al bien común.666
VI.
SOLIDARIDAD ENTRE LOS TRABAJADORES
a)
La importancia de los sindicatos
305
El Magisterio reconoce la función fundamental desarrollada
por los sindicatos de trabajadores, cuya razón de ser consiste
en el derecho de los trabajadores a formar asociaciones o uniones
para defender los intereses vitales de los hombres empleados en las
diversas profesiones. Los sindicatos se han desarrollado sobre
la base de la lucha de los trabajadores, del mundo del trabajo y,
ante todo, de los trabajadores industriales para la tutela de sus
justos derechos frente a los empresarios y a los propietarios de los
medios de producción.667
Las organizaciones sindicales, buscando su fin específico al
servicio del bien común, son un factor constructivo de orden
social y de solidaridad y, por ello, un elemento indispensable de
la vida social. El reconocimiento de los derechos del trabajo ha sido
desde siempre un problema de difícil solución, porque
se realiza en el marco de procesos históricos e institucionales
complejos, y todavía hoy no se puede decir cumplido. Lo que
hace más actual y necesario el ejercicio de una auténtica
solidaridad entre los trabajadores.
306
La doctrina social enseña que las relaciones en el mundo del
trabajo se han de caracterizar por la colaboración: el odio
y la lucha por eliminar al otro, constituyen métodos absolutamente
inaceptables, porque en todo sistema social son indispensables al
proceso de producción tanto el trabajo como el capital. A la
luz de esta concepción, la doctrina social no considera
de ninguna manera que los sindicatos constituyan únicamente
el reflejo de la estructura de clase, de la sociedad ni
que sean el exponente de la lucha de clases que gobierna inevitablemente
la vida social.668
Los sindicatos son propiamente los promotores de la lucha por la justicia
social, por los derechos de los hombres del trabajo, en sus profesiones
específicas: Esta lucha debe ser vista como
una acción de defensa normal en favor del justo
bien; [
] no es una lucha contra los demás.669
El sindicato, siendo ante todo un medio para la solidaridad y la justicia,
no puede abusar de los instrumentos de lucha; en razón de su
vocación, debe vencer las tentaciones del corporativismo, saberse
autorregular y ponderar las consecuencias de sus opciones en relación
al bien común.670
307
Al sindicato, además de la función de defensa y de reivindicación,
le competen las de representación, dirigida a la recta
ordenación de la vida económica,671
y de educación de la conciencia social de los trabajadores,
de manera que se sientan parte activa, según las capacidades
y aptitudes de cada uno, en toda la obra del desarrollo económico
y social, y en la construcción del bien común universal.
El sindicato y las demás formas de asociación de los
trabajadores deben asumir una función de colaboración
con el resto de los sujetos sociales e interesarse en la gestión
de la cosa pública. Las organizaciones sindicales tienen el
deber de influir en el poder público, en orden a sensibilizarlo
debidamente sobre los problemas laborales y a comprometerlos a favorecer
la realización de los derechos de los trabajadores. Los sindicatos,
sin embargo, no tienen carácter de partidos políticos
que luchan por el poder, y tampoco deben estar sometidos a las decisiones
de los partidos políticos o tener vínculos demasiado
estrechos con ellos: En tal situación fácilmente
se apartan de lo que es su cometido específico, que es el de
asegurar los justos derechos de los hombres del trabajo en el marco
del bien común de la sociedad entera, y se convierten, en cambio,
en un instrumento de presión para realizar otras finalidades.672
b)
Nuevas formas de solidaridad
308
El contexto socioeconómico actual, caracterizado por procesos
de globalización económico-financiera cada vez más
rápidos, requiere la renovación de los sindicatos. En
la actualidad, los sindicatos están llamados a actuar en formas
nuevas,673
ampliando su radio de acción de solidaridad de modo que sean
tutelados, además de las categorías laborales tradicionales,
los trabajadores con contratos atípicos o a tiempo determinado;
los trabajadores con un puesto de trabajo en peligro a causa de las
fusiones de empresas, cada vez más frecuentes, incluso a nivel
internacional; los desempleados, los inmigrantes, los trabajadores
temporales; aquellos que por falta de actualización profesional
han sido expulsados del mercado laboral y no pueden regresar a él
por falta de cursos adecuados para cualificarse de nuevo.
Ante
los cambios introducidos en el mundo del trabajo, la solidaridad se
podrá recuperar, e incluso fundarse mejor que en el pasado,
si se actúa para volver a descubrir el valor subjetivo del
trabajo: Hay que seguir preguntándose sobre el sujeto
del trabajo y las condiciones en las que vive. Por ello, son
siempre necesarios nuevos movimientos de solidaridad de los hombres
del trabajo y de solidaridad con los hombres del trabajo.674
309
En la búsqueda de nuevas formas de solidaridad,675
las asociaciones de trabajadores deben orientarse hacia la asunción
de mayores responsabilidades, no solamente respecto a los tradicionales
mecanismos de la redistribución, sino también en relación
a la producción de la riqueza y a la creación de condiciones
sociales, políticas y culturales que permiten a todos aquellos
que pueden y desean trabajar, ejercer su derecho al trabajo, en el
respeto pleno de su dignidad de trabajadores. La superación
gradual del modelo organizativo basado sobre el trabajo asalariado
en la gran empresa, hace además oportuna salvando los
derechos fundamentales del trabajo una actualización
de las normas y de los sistemas de seguridad social mediante los cuales
los trabajadores han sido hasta hoy tutelados.
VII.
LAS RES NOVAE DEL MUNDO DEL TRABAJO
a)
Una fase de transición epocal
310
Uno de los estímulos más significativos para el actual
cambio de la organización del trabajo procede del fenómeno
de la globalización, que permite experimentar formas nuevas
de producción, trasladando las plantas de producción
en áreas diferentes a aquellas en las que se toman las decisiones
estratégicas y lejanas de los mercados de consumo. Dos son
los factores que impulsan este fenómeno: la extraordinaria
velocidad de comunicación sin límites de espacio y tiempo,
y la relativa facilidad para transportar mercancías y personas
de una parte a otra del planeta. Esto comporta una consecuencia fundamental
sobre los procesos productivos: la propiedad está cada vez
más lejos, a menudo indiferente a los efectos sociales de las
opciones que realiza. Por otra parte, si es cierto que la globalización,
a priori, no es ni buena ni mala en sí misma, sino que depende
del uso que el hombre hace de ella,676
debe afirmarse que es necesaria una globalización de la tutela,
de los derechos mínimos esenciales y de la equidad.
311
Una de las características más relevantes de la nueva
organización del trabajo es la fragmentación física
del ciclo productivo, impulsada por el afán de conseguir una
mayor eficiencia y mayores beneficios. Desde este punto de vista,
las tradicionales coordenadas espacio-temporales, dentro de las que
el ciclo productivo se definía, sufren una transformación
sin precedentes, que determina un cambio en la estructura misma del
trabajo. Todo ello tiene importantes consecuencias en la vida de las
personas y de las comunidades, sometidas a cambios radicales tanto
en el ámbito de las condiciones materiales, cuanto en el de
la cultura y de los valores. Este fenómeno afecta, a nivel
global y local, a millones de personas, independientemente de la profesión
que ejercen, de su condición social, o de su preparación
cultural. La reorganización del tiempo, su regularización
y los cambios en curso en el uso del espacio comparables, por
su entidad, a la primera revolución industrial, en cuanto que
implican a todos los sectores productivos, en todos los continentes,
independientemente de su grado de desarrollo deben considerarse,
por tanto, un desafío decisivo, incluidos los aspectos ético
y cultural, en el ámbito de la definición de un sistema
renovado de tutela del trabajo.
312
La globalización de la economía, con la liberación
de los mercados, la acentuación de la competencia, el crecimiento
de empresas especializadas en el abastecimiento de productos y servicios,
requiere una mayor flexibilidad en el mercado de trabajo y en la organización
y gestión de los procesos productivos. Al valorar esta delicada
materia, parece oportuno conceder una mayor atención moral,
cultural y estratégica para orientar la acción social
y política en la temática vinculada a la identidad y
los contenidos del nuevo trabajo, en un mercado y una economía
a su vez nuevos. Los cambios del mercado de trabajo son a menudo un
efecto del cambio del trabajo mismo, y no su causa.
313
El trabajo, sobre todo en los sistemas económicos de los países
más desarrollados, atraviesa una fase que marca el paso de
una economía de tipo industrial a una economía esencialmente
centrada en los servicios y en la innovación tecnológica.
Los servicios y las actividades caracterizados por un fuerte contenido
informativo crecen de modo más rápido que los tradicionales
sectores primario y secundario, con consecuencias de gran alcance
en la organización de la producción y de los intercambios,
en el contenido y la forma de las prestaciones laborales y en los
sistemas de protección social.
Gracias
a las innovaciones tecnológicas, el mundo del trabajo se enriquece
con nuevas profesiones, mientras otras desaparecen. En la actual fase
de transición se asiste, en efecto, a un pasar continuo de
empleados de la industria a los servicios. Mientras pierde terreno
el modelo económico y social vinculado a la grande fábrica
y al trabajo de una clase obrera homogénea, mejoran las perspectivas
ocupacionales en el sector terciario y aumentan, en particular, las
actividades laborales en el ámbito de los servicios a la persona,
de las prestaciones a tiempo parcial, interinas y atípicas,
es decir, las formas de trabajo que no se pueden encuadrar ni como
trabajo dependiente ni como trabajo autónomo.
314
La transición en curso significa el paso de un trabajo dependiente
a tiempo indeterminado, entendido como puesto fijo, a un trabajo caracterizado
por una pluralidad de actividades laborales; de un mundo laboral compacto,
definido y reconocido, a un universo de trabajos, variado, fluido,
rico de promesas, pero también cargado de preguntas inquietantes,
especialmente ante la creciente incertidumbre de las perspectivas
de empleo, a fenómenos persistentes de desocupación
estructural, a la inadecuación de los actuales sistemas de
seguridad social. Las exigencias de la competencia, de la innovación
tecnológica y de la complejidad de los flujos financieros deben
armonizarse con la defensa del trabajador y de sus derechos.
La
inseguridad y la precariedad no afectan solamente a la condición
laboral de los hombres que viven en los países más desarrollados,
sino también, y sobre todo, a las realidades económicamente
menos avanzadas del planeta, los países en vías de desarrollo
y los países con economías en transición. Estos
últimos, además de los complejos problemas vinculados
al cambio de los modelos económicos y productivos, deben afrontar
cotidianamente las difíciles exigencias procedentes de la globalización
en curso. La situación resulta particularmente dramática
para el mundo del trabajo, afectado por vastos y radicales cambios
culturales y estructurales, en contextos frecuentemente privados de
soportes legislativos, formativos y de asistencia social.
315
La descentralización productiva, que asigna a empresas menores
múltiples tareas, anteriormente concentradas en las grandes
unidades productivas, robustece y da nuevo impulso a la pequeña
y mediana empresa. Surgen así, junto a la actividad artesanal
tradicional, nuevas empresas caracterizadas por pequeñas unidades
productivas que trabajan en modernos sectores de producción
o bien en actividades descentralizadas de las empresas mayores. Muchas
actividades que ayer requerían trabajo dependiente, hoy son
realizadas en formas nuevas, que favorecen el trabajo independiente
y se caracterizan por un mayor componente de riesgo y de responsabilidad.
El
trabajo en las pequeñas y medianas empresas, el trabajo artesanal
y el trabajo independiente, pueden constituir una ocasión para
hacer más humana la vivencia laboral, ya que por la posibilidad
e establecer relaciones interpersonales positivas en comunidades de
pequeñas dimensiones, ya sea por las mejores oportunidades
que se ofrecen a la iniciativa y al espíritu emprendedor; sin
embargo, no son pocos, en estos sectores, los casos de trato injusto,
de trabajo mal pagado y sobre todo inseguro.
316
En los países en vías de desarrollo se ha difundido,
en estos últimos años, el fenómeno de la expansión
de actividades económicas informales o sumergidas,
que representa una señal de crecimiento económico prometedor,
pero plantea problemas éticos y jurídicos. El significativo
aumento de los puestos de trabajo suscitado por tales actividades
se debe, en realidad, a la falta de especialización de gran
parte de los trabajadores locales y al desarrollo desordenado de los
sectores económicos formales. Un elevado número de personas
se ven así obligadas a trabajar en condiciones de grave desazón
y en un marco carente de las reglas necesarias que protejan la dignidad
del trabajador. Los niveles de productividad, renta y tenor de vida,
son extremamente bajos y con frecuencia se revelan insuficientes para
garantizar que los trabajadores y sus familias alcancen un nivel de
subsistencia.
b)
Doctrina social y res novae
317
Ante las imponentes res novae del mundo del trabajo, la
doctrina social de la Iglesia recomienda, ante todo, evitar el error
de considerar que los cambios en curso suceden de modo determinista.
El factor decisivo y el árbitro de esta compleja
fase de cambio es una vez más el hombre, que debe seguir siendo
el verdadero protagonista de su trabajo. El hombre puede y debe hacerse
cargo, creativa y responsablemente, de las actuales innovaciones y
reorganizaciones, de manera que contribuyan al crecimiento de la persona,
de la familia, de la sociedad y de toda la familia humana.677
Es importante para todos recordad el significado de la dimensión
subjetiva del trabajo, a la que la doctrina social de la Iglesia enseña
a dar la debida prioridad, porque el trabajo humano procede
directamente de personas creadas a imagen de Dios y llamadas a prolongar,
unidas y para mutuo beneficio, la obra de la creación dominando
la tierra.678
318
Las interpretaciones de tipo mecanicista y economicista de la actividad
productiva, a pesar de su extensión y su influjo, han sido
superadas por el mismo análisis científico de los problemas
relacionados con el trabajo. Estas concepciones se revelan hoy, más
que ayer, totalmente inadecuadas para interpretar los hechos, que
demuestran cada día más el valor del trabajo como actividad
libre y creativa del hombre. De esa realidad concreta debe derivar
también el impulso para superar sin demora los horizontes teóricos
y los criterios operativos estrechos e insuficientes respecto a las
dinámicas actuales, intrínsecamente incapaces de identificar
las apremiantes y concretas necesidades humanas en toda su extensión,
que van más allá de las categorías meramente
económicas. La Iglesia sabe bien, y así lo ha enseñado
siempre, que el hombre, a diferencia de cualquier otro ser viviente,
tiene necesidades que no se limitan solamente al tener,679
porque su naturaleza y su vocación están en relación
inseparable con el Trascendente. La persona humana emprende la aventura
de la transformación de las cosas mediante su trabajo para
satisfacer necesidades y carencias ante todo materiales, pero lo hace
siguiendo un impulso que la empuja siempre más allá
de los resultados logrados, a la búsqueda de lo que pueda responder
más profundamente a sus innegables exigencias interiores.
319
Cambian las formas históricas en las que se expresa el trabajo
humano, pero no deben cambiar sus exigencias permanentes, que se resumen
en el respeto de los derechos inalienables del hombre que trabaja.
Ante el riesgo de ver negados estos derechos, se deben proyectar y
construir nuevas formas de solidaridad, teniendo en cuenta la interdependencia
que une entre sí a los hombres de trabajo. Cuanto más
profundos son los cambios, tanto más firme debe ser el esfuerzo
de la inteligencia y de la voluntad para tutelar la dignidad del trabajo,
reforzando, en los diversos niveles, las instituciones interesadas.
Esta perspectiva permite orientar mejor las actuales transformaciones
en la dirección, tan necesaria, de la complementariedad entre
la dimensión económica local y la global; entre economía
vieja y nueva; entre la innovación
tecnológica y la exigencia de salvaguardar el trabajo humano;
entre el crecimiento económico y la compatibilidad ambiental
del desarrollo.
320
La solución de las vastas y complejas problemáticas
del trabajo, que en algunas áreas adquieren dimensiones dramáticas,
exige la contribución específica de los científicos
y los hombres de cultura, que resulta particularmente importante para
la elección de soluciones justas. Es una responsabilidad que
les debe llevar a señalar las ventajas y los riesgos que se
perfilan en los cambios y, sobre todo, a sugerir líneas de
acción para orientar el cambio en el sentido más favorable
para el desarrollo de toda la familia humana. A ellos corresponde
la delicada tarea de leer e interpretar los fenómenos sociales
con inteligencia y amor a la verdad, sin preocupaciones dictadas por
intereses de grupo o personales. Su contribución, en efecto,
precisamente por ser de naturaleza teórica, se convierte en
una referencia esencial para la actuación concreta de las políticas
económicas.680
321
Los escenarios actuales de profunda transformación del trabajo
humano hacen todavía más urgente un desarrollo auténticamente
global y solidario, capaz de alcanzar todas las regiones del mundo,
incluyendo las menos favorecidas. Para estas últimas, la puesta
en marcha de un proceso de desarrollo solidario de vasto alcance,
no sólo aparece como una posibilidad concreta de creación
de nuevos puestos de trabajo, sino que también representa una
verdadera condición para la supervivencia de pueblos enteros:
Es preciso globalizar la solidaridad.681
Los
desequilibrios económicos y sociales existentes en el mundo
del trabajo se han de afrontar restableciendo la justa jerarquía
de valores y colocando en primer lugar la dignidad de la persona que
trabaja: Las nuevas realidades, que se manifiestan con fuerza
en el proceso productivo, como la globalización de las finanzas,
de la economía, del comercio y del trabajo, jamás deben
violar la dignidad y la centralidad de la persona humana, ni la libertad
y la democracia de los pueblos. La solidaridad, la participación
y la posibilidad de gestionar estos cambios radicales constituyen,
si no la solución, ciertamente la necesaria garantía
ética para que las personas y los pueblos no se conviertan
en instrumentos, sino en protagonistas de su futuro. Todo esto puede
realizarse y, dado que es posible, constituye un deber.682
322
Se hace cada vez más necesaria una consideración atenta
de la nueva situación del trabajo en el actual contexto de
la globalización, desde una perspectiva que valore la propensión
natural de los hombres a establecer relaciones. A este propósito,
se debe afirmar que la universalidad es una dimensión del hombre,
no de las cosas. La técnica podrá ser la causa instrumental
de la globalización, pero la universalidad de la familia humana
es su causa última. El trabajo, por tanto, también tiene
una dimensión universal, en cuanto se funda en el carácter
relacional del hombre. Las técnicas, especialmente electrónicas,
han permitido ampliar este aspecto relacional del trabajo a todo el
planeta, imprimiendo a la globalización un ritmo particularmente
acelerado. El fundamento último de este dinamismo es el hombre
que trabaja, es siempre el elemento subjetivo y no el objetivo. También
el trabajo globalizado tiene su origen, por tanto, en el fundamento
antropológico de la intrínseca dimensión relacional
del trabajo. Los aspectos negativos de la globalización del
trabajo no deben dañar las posibilidades que se han abierto
para todos de dar expresión a un humanismo del trabajo a nivel
planetario, a una solidaridad del mundo del trabajo a este nivel,
para que trabajando en un contexto semejante, dilatado e interconexo,
el hombre comprenda cada vez más su vocación unitaria
y solidaria.